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De 15 años a 20 días: así son los pactos hipotecarios exprés

Los tribunales están impulsando acuerdos extrajudiciales en un plazo de tiempo limitado

Ricardo Sobrino

El colapso de los juzgados especializados en materia hipotecaria, creados en 2017 para absorber el aluvión de demandas de consumidores contra la banca, ha llevado a algunos de sus jueces a pedir la implicación de las entidades para descongestionar las salas. La estrategia se basa en establecer protocolos voluntarios por los que, en el momento en que el juzgado reciba una demanda, el banco intente llegar a un acuerdo extrajudical con el cliente en un plazo de tiempo limitado. Este tipo de pactos entre entidades financieras y clientes son ya habituales, pero es la primera vez que la propia Justicia los impulsa, tal como informó CincoDías este viernes.

Los primeros juzgados hipotecarios en impulsar estos programas han sido los de Pamplona y Barcelona y la primera entidad en unirse a ellos es CaixaBank, según explican fuentes judiciales.

El protocolo de Barcelona señala que la razón de que los jueces animen a la colaboración de los bancos es que: “Teniendo en cuenta que a fecha de hoy se encuentra una pendencia de 34.940 asuntos pendientes para resolver en primera instancia necesitaríamos unos 15 años para derivar el problema a la segunda instancia. La grave situación de pendencia justifica que se adopten medidas extraordinarias para solucionar esta situación, en la que colaboren todos los colectivos”.

El juzgado hipotecario de Barcelona ya fue pionero a la hora de establecer criterios universales para la resolución exprés de casos similares. Pese a ello, hace un año optó por dejar de señalar nuevos juicios al constar que los previstos ya ocupaban su agenda a 12 meses vista.

Habida cuenta que los 54 juzgados especializados –uno por provincia y otro por cada isla– acumulan aún más de 255.000 causas sin resolver y cuentan con un personal limitado, es de prever que otras sedes acaben aplicando el modelo de pactos extrajudiciales impulsado por el de Barcelona.

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Su proceso comienza con la adhesión de la entidad al protocolo. Para ello, además de firmar los documentos pertinentes, debe proporcionar un correo electrónico en el que recibir las notificaciones de la demanda y los datos del cliente para poder entablar las negociaciones.

De esta forma, cuando se interponga una demanda aún no registrada, antes de admitirla a trámite, el juez dictará una providencia en la que establecerá 20 días hábiles para que las partes negocien extrajudicialmente y puedan llegar a un acuerdo. En ese plazo de tiempo, banco y cliente deberían firmar un pacto con el que concluiría el procedimiento judicial mediante el desistimiento del demandante. La entidad financiera debe comprometerse a enviar un correo electrónico a la defensa del cliente en el que informe de las cláusulas cuya ineficacia está dispuesta a reconocer y la suma concreta de dinero que propone reintegrarle.

Si el cliente acepta la oferta, deberá presentar en el juzgado, dentro del plazo de los 20 días habilitados, un escrito en el que informe de su desistimiento en el caso. En el supuesto de que no se logre un pacto, el banco debe comprometerse a personarse en el procedimiento para poder ser emplazado a través de su procurador. En la sentencia final, el juez o tribunal que dicte el fallo podrá tener en cuenta los términos de la negociación para resolver sobre las costas de la instancia correspondiente.

Este mismo procedimiento se aplica también a demandas que se encuentran en fases más avanzadas: asuntos que está admitidos a trámite y pendientes de la comparecencia del demandado y demandas pendientes de la audiencia previa o de dictar sentencia.

El protocolo detalla que si el acuerdo se alcanza “tal y como es deseable” antes del emplazamiento del demandado, el letrado de la administración de justicia deberá dictar un decreto sobreseyendo el procedimiento sin imposición de costas. En caso contrario, si el acuerdo se logra después del emplazamiento, el desistimiento deberá ser suscrito por los procuradores de ambas partes para que el procedimiento concluya nuevamente por decreto del juez sin imposición de costas.

Los procedimientos exprés de Barcelona tienen que ver con la validez de las cláusulas de comisión de apertura, vencimiento anticipado, intereses moratorios, gastos de hipotecas y las cantidades que ha de reintegrar la entidad al cliente. El propio protocolo destalla que aunque hay varias alternativas para concluir el procedimiento judicial la “idónea”, es el desistimiento del cliente.

De esta forma, en lugar de 15 años que duraría el proceso para resolver todas las sentencias acumuladas, el periodo se reduce a un máximo de 20 días.

Prueba piloto en Pamplona

Desatascar el juzgado. Por su parte, el protocolo de Pamplona, que se encuentra en fase piloto, viene motivado porque existen criterios que en la actualidad se aplican por el juzgado “como ya consolidados en materia de gastos e intereses de mora” y su finalidad es “lograr acuerdos entre las partes y desatascar el juzgado”.

Asuntos judicializados. Precisamente, en asuntos ya judicializados el protocolo prevé cómo resolverlos: “La entidad abonará al cliente el 50% de los gastos generados por notaría y gestoría y el 100% de los de registro”. También reintegrará los intereses “desde la fecha de pago, considerando como tal la factura o minuta”, pero no se abonarán costas. El protocolo puntualiza que si la escritura es de cancelación, la entidad no reintegrará ningún importe a su cliente y que están excluidos los gastos de hipotecas que tengan por objeto la subrogación, ampliación y novación de las mismas.

Intereses de mora. Para procedimientos ya judicializados en los que se impugnan intereses de mora, el protocolo prevé que si el tipo de interés pactado es superior al remuneratorio en más de dos puntos, la entidad reconocerá la nulidad de la cláusula. Igualmente, si ha habido cargos, devolverá al cliente lo pagado por encima de lo que hubiese correspondido aplicando el tipo de interés ordinario vigente en el momento de pago.

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Sobre la firma

Ricardo Sobrino
Graduado en filología italiana y en periodismo. Redactor de la sección Empresas especializado en información bancaria y finanzas. Canterano de CincoDías, se incorporó al periódico en verano de 2018.

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