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Autónomo: lo que debes revisar antes del envío definitivo de la Declaración

¿Qué autónomos deben presentarla? En el caso de que sí sea tu caso, ¿qué cuestiones debes revisar antes del envío final?

Queda poco plazo para que el trabajador autónomo presente su declaración de la Renta. El día 1 de julio es la fecha límite.¿Estoy obligado a presentarla? ¿En qué casos? ¿Qué debo confirmar antes de enviarla definitivamente?

Cuándo presentar la Declaración

Un profesional independiente está obligado a presentarla cuando percibe más de 500 euros anuales. Así lo confirman los expertos de Vida Caixa, quienes han analizado en su página web todo lo referente a esta preseantación del IRPF en autónomos. A partir de aquí, lo segundo que debes haber tenido en cuenta es tu sistema de tributación.

En la estimación directa se tienen en cuenta los ingresos y gastos fiscalmente deducibles en el IRPF, según cada actividad concreta. Por otro lado, tenemos el sistema de módulos, con unos tramos predefinidos.

Gastos deducibles

A la hora de realizar la Declaración, el autónomo debe tener en cuenta qué gastos puede deducirse. En ese sentido, podrá deducirse gastos asociados a su actividad profesional como son los consumos de explotación, los sueldos y salarios de él o de sus trabajadores, la Seguridad Social, las aportaciones a planes de pensiones, los arrendamientos y cánones del inmueble donde se realice la actividad, los servicios de profesionales independientes necesarios para desarrollar la actividad, los tributos fiscalmente deducibles, los gastos bancarios y los seguros, entre otros.

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Otro aspecto importante que no debemos olvidar es la posibilidad, en esta edición, de desgravar gastos de manutención. Hasta 26,67 euros diarios en comidas, siempre y cuando se abonen en locales de hostelería y restauración, y se abonen con tarjeta. 53,34 cuando el desplazamiento incluye dormir fuera de casa.

Por último, si eres autónomo y trabajas en casa, debes comprobar que has desgravado adecuadamente los gastos de suministro en el hogar. Como, por ejemplo, gas, agua, electricidad o Internet. Para estas profesiones, recordar que deben tener registrado el domicilio en Hacienda, habiendo informado previamente de la proporción de hogar que dedican a sus funciones profesionales.

A partir de aquí, el autónomo podrá desgravar el 30% de los gastos aplicables a esa proporción de hogar. Importante: no puedes desgravar el 30% de cada factura de suministros. Si no el 30% sobre la parte proporcional que tengas declarada en Hacienda que usas como zona de trabajo.

Documentos necesarios

Por último, a la hora de realizar la declaración, el autónomo deberán entregar documentación como los certificados fiscales de los bancos, su DNI, el certificado que atestigüe que tiene un plan de pensiones, los recibos de la contribución si se es propietario de una vivienda o se tiene una vivienda alquilada, las escrituras de compraventa de un inmueble, todas las declaraciones trimestrales del IVA, así como una relación de los ingresos y gastos que se hayan producido a lo largo del ejercicio.

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