Pasos específicos de autónomos y pymes que quieran contratar extranjeros
Existen ciertas salvedades y gestiones específicas, en el caso de que el empleado no haya nacido en España.
Si como autónomo y pyme estás pensando en contratar personal, debes saber que en caso de ser un empleado extranjero hay ciertas salvedades. En España son distintas las situaciones de contratación, en función de el origen del empleado. Documentación como el permiso de residencia y el permiso de trabajo son imprescindibles para poder contratar a extranjeros no residentes.
Permiso de residencia
Según explican los expertos de Innovanza Asesores, uno de los principales requerimientos es el permiso de residencia y trabajo, en el caso de trabajadores extranjeros mayores de 16 años. Este permiso de residencia tiene una duración máxima de un año, aunque es renovable, pero puede tener límites según el ámbito geográfico y/o el sector de actividad.
Para poder obtener este permiso, el trabajador no puede estar de forma irregular en el país, solo así la Seguridad Social podrá permitir su contratación. Tampoco podrá tener antecedentes penales en España ni en los países en los que haya residido.
Otro de los requisitos es que el trabajador tenga la garantía de una actividad durante la vigencia de la autorización, así como que tenga titulación homologada o acreditación de la capacitación exigida para ejercer su profesión, en caso necesario.
¿Y si no tienen permiso de trabajo?
En el caso de que no tengan permiso de trabajo, existen tres situaciones posibles. Para Innovanza Asesores, aquellos extranjeros que están en España en situación de estancia por estudios tienen la opción de acceder al permiso de residencia y trabajo sin tener que solicitar visado.
En ese caso, la empresa que le va a contratar presentará una solicitud de autorización para residir y trabajar, pero el trabajador tendrá que cumplir con ciertas condiciones, como no haber disfrutado de becas en su país de origen o haber permanecido al menos tres años en España.
En el caso de los inmigrantes que están en el país desde hace más de 12 años en situación de permiso legal también pueden recurrir a la situación de trabajo y residencia por cuenta de la empresa cuando el empresario solicite la autorización para que pueda vivir y trabajar y cumpliendo con los requisitos laborales necesarios.
Por último, cuando un extranjero permanece en España como mínimo un año en situación de residencia por circunstancias excepcionales tiene acceso a la situación de trabajo y residencia sin necesidad de tener visado.
Pasos a seguir
Como empresario, deberás presentar varios documentos, como el contrato del trabajador, la copia de su pasaporte o la acreditación o titulación debidamente homologada para ejercer la profesión, si es el caso.