El Sepblac avisa de la falta de datos en los soplos de las inmobiliarias sobre los compradores
Las compañías se efrentan a sanciones por incumplimientos de la norma Escasean los canales internos de denuncias en las pymes del sector
El sector inmobiliario tiene que hacer los deberes respecto al blanqueo de capitales. Esa es la conclusión a la que llegan los expertos por la falta de cumplimiento en la implantación de los canales de denuncia interna que recoge la norma española y que puede acarrear con sanciones de 60.000 euros. Además, el Sepblac (Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias de España) señala a estas compañías por el deficiente análisis para identificar el origen lícito de los recursos utilizados en las compras.
Este organismo dependiente del Ministerio de Economía, en su reciente memoria sobre el año 2017, indica que recibieron 44 comunicaciones (frente a las 46 de un año antes) de promotores inmobiliarios, agencias y otras empresas de comisión e intermediación. A las que suman otras 158 de los registradores de la propiedad. “Continúan adoleciendo de falta de conocimiento del cliente y de una inadecuado análisis para acreditar el origen ilícito de los fondos utilizados en las operaciones”, señala el resumen del Sepblac sobre las carencias en las comunicaciones del sector inmobiliario.
El mayor problema se centra en las pequeñas empresas, que no están cumpliendo mayoritariamente la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y concretamente el artículo 26 bis del Real Decreto del pasado septiembre que les obliga a implantar un canal interno de denuncias como transposición de una directiva comunitaria.
“Las pymes son reticentes a implantar un canal de denuncias. Nos encontramos con un muro porque los jefes aducen que allí no se van a cometer delitos”, explica Ricardo Balansó, director del área de procesal en BDO.
El inmobiliario es un sector que tradicionalmente está en el punto de mira de las autoridades deblanqueo de capitales, ya que gran parte del dinero de procedencia ilícita se invierte en propiedades. Los cálculos de la ONU indican que el lavado de dinero afecta cada año a entre el 2% y el 5% del PIB mundial. “En nuestra experiencia el buen cumplimiento de las entidades inmobiliarias en esta materia está ampliamente consolidado”, opina Juan López-Frías, asociado senior del departamento de Derecho Mercantil de Garrigues.
Esta norma afecta a promotoras, agencias inmobiliarias, consultoras y socimis (sociedades cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario), a las que la norma identifica como sujetos obligados de comunicar posibles irregularidades. “Deben tener un profundo conocimiento de la actividad de sus clientes y de su perfil empresarial y de riesgo. A tales efectos, los sujetos obligados deben exigir justificación del origen de los fondos empleados en las operaciones para cerciorarse de que no provienen de una actividad u operación ilícita”, refleja López-Frías. “Esto implica confirmar, en la medida razonablemente posible, la exactitud de las manifestaciones de los clientes a través de las comprobaciones oportunas, por ejemplo, mediante la solicitud de certificados bancarios o emitidos por organismos oficiales, en función del riesgo”, apunta.
Si algún empleado o directivo conoce que se está incumpliendo en la empresa esa vigilancia en alguna operación debe comunicarlo a través de ese canal interno. A su vez, la denuncia debe llegar al Sepblac.
Un experto de BDO aboga por canales de denuncia sencillos para los empleados, como el correo electrónico
La falta de los canales internos de denuncias llevan acarreadas sanciones de hasta 60.000 euros, según explica el experto de Garrigues, que debe investigar el propio Sepblac. Pero puede ir más allá: “El problema es cuando hay un delito que acarrean sanciones penales, con multas, suspensión de actividades o prohibición de participar en concursos públicos”, apunta, por su parte, el abogado de BDO. Este experto explica que les llegan consultas de compañías sobre cómo implementar los sistemas de soplos internos, que debe recibir un encargado de compliance penal de la empresa. Aboga por sistemas sencillos como el email frente a otras aplicaciones en el que se pide rellenar campos y que pueden llegar a ser desincentivadoras porque en ocasiones son arduas o se necesitan conocimientos jurídicos.
“Las empresas deberían tener un canal de denuncias, pero realmente depende de la inmobiliaria. Eso sí, si no quieren tenerlo, se enfrentan a sanciones”, indica Jorge Jesús Martínez Orejón, responsable de cumplimiento de la consultora CompliOfficer, que trabaja para la patronal de promotores madrileña Asprima. “Las pequeñas empresas no lo tienen”, reconoce, aunque explica que la patronal trabaja para mejorar la situación en estas empresas.
Desde el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Madrid, un portavoz detalla que en su caso es muy complicado un control de lo que está sucediendo ya que la colegiación de los agentes inmobiliarios no es obligatoria y muchos agentes son autónomos o de pequeñas empresas. Recuerda a los agentes la obligación de canalizar las denuncias y explica que la institución sí ha formado en los últimos años sobre blanqueo de capitales a los colegiados.
Las cotizadas sí cumplen
Socimis. Las grandes cotizadas tienen implantados en sus sistemas de compliance los canales de denuncia, incluidos avisos sobre blanqueo de capitales. “Está disponible para cualquier empleado, directivo o colaborador. El canal de denuncias es público, al estar incluido en el código de conducta publicado en la página web corporativa, por lo que está abierto a cualquier tercero interesado”, señalan desde la socimi Merlin. “Los destinatarios de las denuncias son el consejero coordinador y el director de auditoría interna y compliance”, añaden. En el caso de Colonial, se indica que es una web que respeta la confidencialidad del denunciante y el receptor es la unidad de cumplimiento normativo. Desde Lar España se indica que los medios para denunciar están disponibles los 365 días del año y lo forman una web, un correo electrónico o mediante una carta confidencial explicativa.
Promotoras. En Metrovacesa, el canal funciona a través de la web abierta y de la intranet de los empleados. “Se trata de un canal interno, pero desde el cual también es posible recibir denuncias del exterior por medio del correo especialmente dirigido a nuestra red comercial, los agentes de la propiedad inmobiliaria, cuyo papel para la detección de cualquier irregularidad, dado su papel en primera línea del proceso, resulta clave”, apuntan en Neinor. En Aedas, por su parte, el órgano de control interno es el que se encarga de investigar las denuncias y de la toma de decisiones.