Los autónomos que tienen tres días para elegir mutua obligatoriamente
El plazo finaliza el 31 de marzo.
A primeros de año entró en vigor el Real Decreto Ley 28/2018, que introdujo novedades que afectan directamente a los autónomos. Una de ellas está vinculada con las mutuas, y es que los trabajadores por cuenta propia tienen que elegir mutua antes del próximo 31 de marzo.
Tal y como explica ATA en un comunicado, todos los autónomos cuya cobertura de prestación económica de Incapacidad Temporal sea con el INSS tienen que optar por una Mutua colaboradora de la Seguridad Social. No obstante, han precisado: “Los autónomos que se dieron de alta después del 1998 están todos cubiertos porque desde esa fecha era obligatoria la elección de una Mutua”.
Para poder formalizar la elección de la mutua, los autónomos deberán dirigirse a cualquier oficina de la Seguridad Social, y presentar el formulario TA.0521, que podrán retirar in situ o bien descargarlo previamente en la web de este organismo. También será necesario aportar una copia del DNI.
Con el objetivo de que ningún autónomo quede al descubierto, desde la Tesorería General de la Seguridad Social se están llevando a cabo acciones para informar al colectivo y a los despachos profesionales para que realicen esta gestión. De hecho, es probable que hayas recibido alguna notificación a modo de recordatorio sobre esta obligación.
A continuación, recopilamos el listado de mutuas colaboradoras de la Seguridad Social.
Activa Mutua
Asepeyo
Egarsat
Fraternidad Muprespa
Fremap
Ibermutuamur
MAS, Mutua de Accidentes de Canarias
MAZ, Mutua de Accidentes de Zaragoza
Mutua Balear
Mutua de Andalucía y Ceuta – CESMA
Mutua Intercomarcal
Mutua Montañesa
Mutua Navarra
Unión de Mutuas, UNIMAT
Mutua Universal, MUGENAT
MC Mutual
Mutualia
Solimat
Umivale