Las autónomas tendrán ayudas por maternidad en sus cuotas, aunque no se den de baja
Cambia el criterio que establecía que una autónoma que se diera de baja por maternidad podía acceder a la tarifa plana en su reincorporación.
Cambio en la tarifa plana para madres autónomas. Las profesionales por cuenta propia que hayan sido mamás a partir del 1 de enero de este año, tienen derecho a tarifa plana de 60 euros, aunque no se hayan dado de baja de autónomas a causa de esa maternidad.
Así lo ha asegurado la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, tras corregir su criterio anterior, que marcaba la necesidad de darse de baja del RETA para, en la incorporación, poder acceder a la ayuda de tarifa plana para madres con alta en autónomas.
La ayuda de la tarifa plana para madres autónomas
En concreto, las mamás autónomas podrán acceder a una tarifa plana de 60 euros durante los 12 meses inmediatamente posteriores a su vuelta al trabajo, en el caso de cotizar por la base mínima. Si se optase por una base de cotización superior, la bonificación aplicable sería del 80% sobre la cotización por contingencias comunes. "La reincorporación al trabajo debe realizarse en los dos años siguientes a la parada producida por la maternidad", advierte la normativa.
Con todo ello, desde la Seguridad Social se corrige el criterio vigente desde 2017, que indicaba que para acceder a la bonificación era necesario haberse dado de baja en el RETA.
Desde el 1 de enero
El nuevo criterio tiene carácter retroactivo, con efectos a 1 de enero, de forma que son beneficiarias de esta bonificación no sólo las trabajadoras que se incorporen al trabajo a partir de ahora, sino también las que lo hayan hecho desde esa fecha, hayan causado baja o no en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
"En las próximas semanas, la Tesorería General de la Seguridad Social va a proceder a identificar a esas trabajadoras por cuenta propia con el objetivo de efectuar las devoluciones de las cuantías correspondientes a la bonificación que no haya sido aplicada en los periodos de liquidación ya pasados·, se informa desde la revista de la Seguridad Social.