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Casos en los que sí puedes deducir un seguro de salud en Sociedades

Una asesoría analiza todas las casuísticas posibles, para detectar la fórmula más adecuada para incluir como deducible un seguro de salud en una Sociedad Limitada.

Al formar una Sociedad Limitada, los socios pueden optar por acogerse a un seguro de salud, que en ocasiones se cierra de forma colectiva para todos los socios y administradores de la SL. ¿Se puede considerar un gasto de la organización? En consecuencia, ¿es deducible?

En un artículo publicado por Gadium Asesores se repasan las diferentes casuísticas, para dar una respuesta en cada caso. Según explican, las cuotas se cargan en la cuenta de la sociedad, y para saber si se pueden deducir en el Impuesto de Sociedades habría que atender al contrato de trabajo formalizado entre la sociedad y el socio, así como a los estatutos para el caso del administrador.

Socios

Si el contrato de trabajo no contempla esta retribución específica, el pago de las cuotas podría considerarse como retribución de los fondos propios y por lo tanto no sería deducible.

Administradores

Aquí habría que analizar el contenido de los estatutos sociales y el contrato para las funciones de alta dirección. Se dan por tanto diferentes circunstancias, que determinarían una respuesta u otra.

La primera opción es que los estatutos establezcan el carácter gratuito del cargo de administrador. En este caso no es físicamente deducible el pago, al no ser obligatorio por los servicios que prestan a la entidad.

Sin embargo, si el administrador ha formalizado un contrato mercantil o laboral especial retribuido de alta dirección con la entidad para el desempeño de funciones ejecutivas, y se ha incluido el pago del seguro como retribución, el mismo es gasto fiscalmente deducible

También sería fiscalmente deducible en el caso de que los estatutos establezcan el carácter retribuido del cargo y se incluya el pago del seguro como retribución.

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