Los accionistas con más de un 0,5% de una cotizada deberán revelar su identidad
Las compañías accederán a los datos personales de sus inversores Los socios deben informar a la CNMV si su participación supera el 3%
Más transparencia, más control, más gobierno corporativo. Las nuevas normas anticrisis que llegan a los bancos y a las empresas cotizadas tratan de prevenir, con la lógica de que es peor curar. La última afecta a las compañías que están e Bolsa, que tendrán el derecho a conocer la identidad de todos y cada uno de sus accionistas. Podrán conocer el nombre y los datos de todos aquellos que posean un 0,5% o más de su capital. Y existe la posibilidad de que ese porcentaje se reduzca e incluso de que desaparezca por completo. Todo depende de la trasposición de una directiva que debe estar lista el próximo mes de junio.
Los accionistas deben informar ahora a la CNMV cuando alcancen el 3% de una empresa cotizada, y después cuando lleguen al 5% y sus múltiplos (10%, 15%, 20%...). Si el accionista reside en un paraíso fiscal, el porcentaje baja al 1% y sus múltiplos (2%, 3%, 4%...).
Esos umbrales no cambiarán de cara al supervisor, pero sí de cara a los registros en poder de las empresas cotizadas. “Los intermediarios [bancos, sociedades y agencias de valores] deben estar obligados, a petición de la sociedad, a comunicar a esta la información sobre la identidad de los accionistas”. En teoría, para facilitar el ejercicio de los derechos de los accionistas y su implicación, pero también da poderes adicionales a las empresas. Estas conocerán a discreción cuáles son sus accionistas. La normativa prevé que cada país limite este poder cuando los inversores posean únicamente un pequeño número de acciones. Pero esa limitación solo se podrá aplicar a accionistas con menos de un 0,5%. España deberá comunicar al coordinador de las comisiones europeas de valores, ESMA, si limita la identificación a aquellos que posean más de un determinado porcentaje.
La identificación es “particularmente importante en situaciones trasfronterizas y en caso de que se utilicen medios electrónicos”. Así, quedarán obligados a informar los intermediarios que “no tengan su domicilio ni su establecimiento en la UE”.
La norma obliga a dar todos los datos a los intermediarios, incluso a los que no tienen su domicilio en la UE
Ahora, las compañías suelen identificar a sus accionistas “tan solo una vez al año con ocasión de la junta general anual”, según la directiva. BME, por ejemplo, proporciona este servicio a través de Iberclear, ya que la actual Ley de Sociedades de Capital así lo especifica.
Pero los cambios en la caja negra de la Bolsa española, en vigor desde septiembre de 2016, dificultan este tema. Todos los depositarios europeos están conectados al BCE. Es decir, se puede realizar la compraventa, la compensación y la liquidación de una acción en plataformas diferentes.
El nuevo método previsto por la directiva que modifica la de 2007 sobre derechos de los accionistas de sociedades cotizadas, concede todas las armas posibles a las compañías. La norma, que puede consultarse en la edición online de CincoDías, debe ser adaptada a las normativas nacionales el 10 de junio de 2019 a más tardar.
Los intermediarios, incluso si son varios, deberán comunicar los datos de contacto de los accionistas “sin demora” con el objetivo de conocer la identidad del inversor siempre y en todo momento. También los depositarios centrales de valores –en España es Iberclear, de BME– tendrán la obligación de colaborar en la identificación de los socios.
A las cotizadas, como mínimo, se les enviará el “nombre y los datos de contacto (incluidos la dirección completa y, si se dispone de él, el correo electrónico) del accionista además del número de acciones en su poder”. La norma abre la puerta a que se les comuniquen otros datos, como el número de teléfono móvil.
Informar de las operaciones vinculadas en tiempo real
Intereses cruzados. Ahora, las empresas que cotizan en la Bolsa española deben explicar en las cuentas de enero a junio y en las anuales las transacciones efectuadas con partes vinculadas. La nueva norma será más exigente, como apuntó el presidente de la CNMV, Sebastián Albella, el lunes pasado en la convención anual convocada por la Asociación de Mercados Financieros (AMF). Explicó que deberán comunicarse mediante un hecho relevante al supevisor, y la norma concreta que las operaciones se harán públicas a más tardar en el momento de su celebración. Cada país, además, podrá decidir que “este anuncio vaya acompañado de un informe que valore si la operación es justa y razonable desde el punto de vista de la sociedad y de los accionistas que no sean partes vinculadas”. Se consideran tales las operaciones que afectan a los directivos de la empresa cotizada y también a los accionistas significativos de esta.