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Trámites concretos que deberá realizar el autónomo vía electrónica

De manera obligatoria a partir del 1 de octubre.

El próximo 1 de octubre entrará en vigor la nueva directiva que obliga a todos los profesionales por cuenta propia a estar dados de alta en el Sistema RED, un servicio de la Tesorería General de la Seguridad Social que obliga a autónomos y empresas a realizar diversos trámites a través de este servicio telemático.

La orden incluye también la recepción y firma de notificaciones con la Seguridad Social. Para poder cumplir con la normativa se pone a disposición de los usuarios tanto el Sistema Red como la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).

En cualquier caso, los autónomos deberán contar con un certificado digital, un DNI electrónico o un acceso con Cl@ve, que les identificará de manera correcta para acceder a los servicios. Todas las oficinas de la Seguridad Social facilitan el registro en el Sistema Cl@ve y el certificado de persona física de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) previa solicitud del mismo en su página web.

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Trámites que se harán vía electrónica

Con este sistema, los usuarios podrán darse de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), comunicar el inicio de actividad y darse de baja en el mismo, así como:

Otras gestiones que podrán realizar sin necesidad de desplazarte a una oficina de la Seguridad Social son la solicitud de un duplicado de documento de afiliación, la obtención de un informe de vida laboral, el acceso al informe de bases de cotización o el cambio de domicilio o datos personales, así como la domiciliación de pagos de cuotas a la Seguridad Social.

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