Arranca la cuenta atrás para limitar la venta de los derivados más especulativos
El nivel de riesgo se reduce en los activos más volátiles La medida durará tres meses pero Europa se propone ir renovándola
Solo dos semanas quedan ya para que entren en vigor las restricciones en la comercialización, distribución o venta de contratos por diferencias (CFD, por sus siglas en inglés) a inversores minoristas. A partir del 1 de agosto y durante un plazo de tres meses, prorrogables de forma contínua, quedará limitada la venta de los activos más especulativos.
El coordinador de las comisiones de valores europeas, ESMA, ya activó el 2 de julio la prohibición de la comercialización, distribución y venta de opciones binarias a inversores minoristas.
Ahora se limitará el apalancamiento de las posiciones abiertas, entre otras cuestiones. Habrá obligación de cerrar las posiciones en las cuentas si se consumen las garantías; el cliente no podrá tener saldos negativos; se impedirá el uso de incentivos por parte de los vendedores de CFD; y se establecerá una advertencia sobre el riesgo correspondiente a cada entidad. Desde Europa se ha cargado contra los productos apalancados, como los contratos por diferencias, y contra las opciones binarias, a menudo publicitadas como apuestas de casino (suelen utilizar eslogánes del estilo doble o nada).
Desde XTB, intermediario especializado en CFD, avisan que, “aunque operar en este producto con un bróker con sede en Europa requerirá un mayor depósito, los inversores siempre deben priorizar su seguridad”. Consideran además “un gran problema a los brókeres no regulados que ofrecen sus servicios en Europa desde fuera de la UE”.
El supervisor europeo ha reducido el apalancamiento para los pequeños ahorradores a un máximo de 30 veces
Los CFD permiten apostar hasta 200 veces el dinero en cuenta. En los casos más extremos, se llega incluso a las 400 veces. Este nivel supondría invertir por el equivalente a 400.000 euros con 1.000 en la cuenta.
Pues bien, ESMA ha limitado el apalancamiento de los pequeños inversores a 30 veces (invertir por 300 euros con 10 euros), y este nivel es solo para las divisas más estables, como el dólar estadounidense, el euro, el yen, la libra, el dólar canadiense y el franco suizo.
En el resto de las divisas, en el oro y en un puñado de índices bursátiles –el FTSE 100, el Cac 40, el Dax 30, el Dow Jones, el S&P 500, el Nasdaq, el Nasdaq 100, el Nikkei, el australiano ASX 200 y el Euro Stoxx 50– el umbral máximo baja a 20 veces. Es decir, apostar por 200 euros con 10.
El límite de apalancamiento se reduce a 10 veces en otras materias primas distintas al oro, como el petróleo, el gas, la plata y los índices de Bolsas diferentes a los mencionados. Es decir, los CFD sobre el Ibex se comercializarán con un préstamo máximo de 10 euros por cada uno que tenga el cliente. El nivel de apalancamiento de cinco veces será el estándar para los valores de Bolsa de forma individual y cualquier otro activo subyacente no mencionado.
El nivel más restrictivo, de dos veces (se puede apostar por dos euros con uno), se aplica a las criptomonedas. La estrella es el bitcóin, pero también caen bajo el control de la norma otros activos, como el ethereum, el dash o el ripple.
“La CNMV cree que este producto no es adecuado para usted”
“Está a punto de adquirir un producto que no es sencillo y que puede ser difícil de entender. La CNMV considera, con carácter general, no adecuada, por su complejidad, su adquisición por inversores no profesionales”. Este es el mensaje que leerán los clientes que adquieren productos financieros especialmente complejos.
Los productos son la deuda convertible, la perpetua o la subordinada, los estructurados complejos en los que el importe a reembolsar sea inferior al 90% de la inversión inicial y con subyacentes que no se negocien en mercados en los que se difundan precios diariamente, los derivados que no cotizan (OTC, en la jerga) y los contratos por diferencias.