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Bases de cotización, por edades, que el Gobierno quiere implantar vía Presupuestos

Con la aprobación de los presupuestos, la base mínima subiría hasta los 932,7 euros, mientras que la máxima, de 3.803,7. Los PGE establecen también las bases obligatorias por rango de edad.

La aprobación del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado podría suponer un cambio en las bases de cotización de los autónomos. Si el Gobierno consigue aprobar la propuesta tal y como la ha planteado, la base máxima de cotización será de 3.803,70 euros mensuales, mientras que la mínima, de 932,70 euros.

De aprobarse los Presupuestos Generales del Estado, los cambios en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia (RETA) serían efectivos a principio del mes siguiente al de la entrada en vigor de las cuentas estatales.

Menores de 47 años

Entre los cambios más significativos destacan las diferencias de base de cotización en función de la edad. Así, un autónomo con menos de 47 años podrá elegir su base de cotización dentro de las bases máxima (3.803,70 euros mensuales) y mínima (932,70 euros).

Igualmente, los trabajadores autónomos que en la entrada en vigor de esta norma tengan ya 47 años y su base de cotización en diciembre de 2017 haya sido superior a 2.023,50 euros mensuales podrán determinar su base de cotización. Lo mismo sucederá si se tiene esa edad y se acaben de dar de alta en el RETA.

Por otro lado, aquellos autónomos con esa edad y una base de cotización inferior a 2.023,50 euros

mensuales, no podrán elegir una base de cuantía superior a 2.052,00 euros. Solo podrán optar a subirse su base de cotización si se solicita antes del 30 de junio de 2018 o que se trate del cónyuge del titular de negocio que haya tenido que ponerse al frente del mismo por fallecimiento del titular.

Mayores de 48 años

En cuanto a los autónomos mayores de 48 años, su base de cotización se fijará entre 1.005,90 y 2.052,00 euros mensuales.

Si antes de haber cumplido los 50 años, el trabajador ha cotizado en cualquier otro régimen de la Seguridad Social durante cinco o más años podrá cotizar por una base comprendida entre 932,70 euros mensuales y 2.052,00 euros mensuales. Mientras que si la última base de cotización acreditada fue mayor de 2.023,50 euros, se incrementará en un 1,4% el importe de la base siendo tope la base máxima.

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