Un paso más hacia la igualdad de las mujeres en la función pública
El TS decidirá si es discriminatorio excluir del tiempo de experiencia profesional el periodo de baja por maternidad
El Tribunal Supremo decidirá próximamente si es discriminatorio excluir como tiempo de experiencia profesional de las funcionarias el descanso de maternidad en los procesos selectivos. Miles de empleadas públicas pueden verse afectadas por la futura sentencia.
En un reciente Auto (para acceder al texto pinche aquí), considera de “indudable trascendencia” pronunciarse sobre esta problemática, existente en la actualidad dentro de la función pública: que el periodo en que la mujer haya disfrutado de permisos y licencias derivadas de la maternidad sea computable como tiempo de experiencia en los procesos selectivos de acceso a la Administración.
La cuestión fue suscitada por una trabajadora del Servicio Gallego de Salud que se había presentado para el ingreso como categoría de facultativo especialista de farmacia hospitalaria. No consiguió plaza por tan solo 0,25 centésimas. En la resolución que hacía público el baremo de méritos del proceso selectivo, no se había computado el período exacto de 16 semanas correspondientes a su baja por maternidad.
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que conoció del recurso presentado contra la actuación administrativa, rechazó cualquier tipo de irregularidad pues la empleada, que trabajaba como interina a través de contratos sucesivos concatenados, había terminado su relación laboral con el Hospital en 2008, coincidiendo con una baja temporal. Subrayó que, a pesar de que pudiera existir un fraude de ley en el cese -porque la situación de embarazo pudiera ser la verdadera causa escondida bajo una apariencia legal- no había impugnado dicha decisión.
Ahora, el Tribunal Supremo ha dado un paso más y ha admitido el recurso presentado por la trabajadora reconociendo la importancia del tema a tratar. Excluir dicho plazo de tiempo como experiencia podría contradecir la jurisprudencia europea y ser contrario al artículo 14 de la Constitución, y suponer una clara situación de discriminación por razón de sexo.
En unos meses, el Supremo decidirá y fijará doctrina al respecto, aclarando la situación de muchas empleadas públicas que se encuentran en la misma coyuntura.