Orange España acuerda prejubilar con 55 años
Recibirán un complemente equivalente al 85% del salario fijo anual Extiende el acuerdo alcanzado en el último ERE
Tras varias semanas de negociaciones, Orange España y los sindicatos han alcanzado un acuerdo para extender un año más el plan de prejubilaciones incluido en el expediente de regulación de empleo (ERE) pactado en 2016. De esta forma, podrán prejubilarse los trabajadores de centros afectados por el ERE que a lo largo de 2018 que cumplan 55 años o más. Es decir, entran en el plan los nacidos en 1963.
Los empleados deberán tener más de 10 años de antigüedad en la compañía, es decir, deberán haber sido contratados antes del 15 de abril de 2008.
Los trabajadores de Orange España que se prejubilen recibirán un complemento económico equivalente al 85% del salario fijo neto anual, abonado en 12 pagas al año y con una revalorización del 1% anual.
CCOO ha indicado que el plazo de adscripción al plan de prejubilaciones estará abierto hasta el 15 de febrero, si bien la dirección se reservará la posibilidad de rechazar la petición, previo informe a la parte social. También existe la posibilidad de vetar la inscripción de empleados con cargo de director.
Bajo el acuerdo, el 28 de febrero se producirá la baja en la compañía y el paso a la prejubilación. En el acuerdo se ha contemplado la posibilidad de que se adelante o atrase esta fecha por necesidades del servicio, traspaso de actividad o cierre de proyectos.
La prejubilación es compatible con trabajar en otras empresas o por cuenta propia, siempre que no se haga en competencia con Orange.
En el acuerdo se contempla el pago por parte de la empresa de un convenio especial con la Seguridad Social relativo a las cotizaciones. Es decir, para asegurar la futura pensión, además del complemento que recibe el trabajador, la compañía pagará a la Seguridad Social para mantener las bases de cotización con vistas a la futura jubilación hasta la fecha comprometida. En este sentido, los convenios con la Seguridad Social tendrán una revalorización del 1% anual.
Para los empleados entre 55 y 57 años, el complemente económico se abonará hasta los 61 años y el convenio con la Seguridad Social hasta los 63 años; para las personas entre 58 y 59 años se abonarán ambas partidas hasta los 63 años; mientras que para los trabajadores con 60 años, ambas partidas se pagarán hasta los 65 años.
En caso de fallecimiento, el cónyuge, hijos o herederos legales tendrán derecho a percibir el complemento económico en los mismos términos y durante el mismo plazo.