Contrato indefinido a emprendedores: qué es y beneficios
Son contrataciones de tres años a tiempo parcial o completo que contemplan bonificaciones fiscales de hasta 3.000 euros
Uno de los nuevos contratos que se puso en marcha para fomentar la empleabilidad en las pymes es el modelo de 'contrato indefinido emprendedores'. Éste permite a las empresas que decidan ampliar la plantilla no pagar hasta 3.000 euros, en concepto de bonificaciones por nuevo trabajador, siempre que se cumplan una serie de requisitos.
Los principales tienen que ver con que la duración del mismo debe ser de, al menos, tres años y que deben afectar a jóvenes menores de 30 años o mayores de 45, en situación de desempleo.
Este contrato indefinido emprendedores, como recoge la Agencia EFE, se puede aplicar en contrataciones a tiempo parcial o completa. Tiene un periodo de prueba de 12 meses para el empleado.
Los incentivos fiscales para el contratante le permiten deducirse la cuota íntegra del período impositivo a la finalización del año del primer trabajador contratado cuando sea menor de 30 años. Durante este mismo tiempo, se puede beneficiar de una rebaja de 1.300 euros si opta por ingresar entre sus filas a un desempleado varón mayor de 45 años. En el caso de las mujeres, y si se la da de alta en una actividad en las que este género está menos representado; por ejemplo, la mecánica o la minería; la ayuda asciende hasta los 1.500 euros.
Otro perfil de persona que se puede emplear con beneficios para el contratante son los desempleados, con independencia de género y edad, que estén cobrando el paro. En este caso, la empresa tendrá derecho a una deducción del 50% en la cuota íntegra del menor de los importes: bien sea el total de la prestación por desempleo en el momento que se firma el contrato doce mensualidades del paro. Pero ojo aquí, estas rebajas serán posibles siempre que el trabajador lo haya cobrado, al menos, durante tres meses y presente un certificado del SEPE en el que se reflejen lo que resta por ingresar.
Contrataciones de 36 meses
El contrato emprendedores es factible siempre que el mismo tenga una duración de, al menos tres años, ya que es de carácter indefinido. A cambio, durante este periodo, se contemplan rebajas de tres años en las cuotas empresariales a la Seguridad Social para los jóvenes desempleados y los mayores de 45 años.
Existen algunas excepciones al punto anterior: que se extinga por causas objetivas o despido disciplinario, despidos procedentes, dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total o absoluta o gran invalidez del trabajador.