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Deliveroo recurrirá el informe de la inspección de trabajo sobre sus 'riders'

La Inspección en Valencia concluye que no son autónomos sino trabajadores La compañía defiende que el status de los repartidores cambió después de que se iniciara la investigación

Repartidor con mochila de Deliveroo.
Repartidor con mochila de Deliveroo.Getty Images

Nuevo frente abierto para Deliveroo y, consigo, para los modelos laborales de la nueva economía colaborativa. La plataforma de reparto de comida a domicilio ha informado este lunes que planea recurrir el acta de la Inspección de Trabajo de Valencia, en la que se concluye que sus repartidores -conocidos como riders- son empleados y no autónomos.

La compañía entiende que el citado informe no tiene efectos jurídicos puesto que se trata de una propuesta de liquidación. No obstante, desde Empleo aseguran que la liquidación ya se ha efectuado y solo cabe recurso en su contra.

No es la primera vez que Deliveroo y otras plataformas similares ven abierto el debate de su modelo de contratación de repartidores. Hace unos meses algunos de ellos fueron a la huelga, reclamando condiciones de remuneración más estables. Fue entonces cuando Deliveroo anunció la conversión de sus riders al régimen de trade (trabajador autónomo económicamente dependiente), por ello, defiende la compañía en un comunicado, "la inspección ha presentado una propuesta basada en un modelo de relación con riders que ya no está vigente en España".

La empresa asegura que el actual modelo de retribución y relación laboral ya está funcionando en Reino Unido y Francia "donde ha sido avalado por sentencias recientes", confirmando que los trabajadores son autónomos.

Sin embargo, la argumentación de la Inspección de Trabajo de Valencia, a la que ha tenido acceso Cinco Días, hay criterios que permiten concluir la "existencia de subordinación de los riders al empleador". En concreto, el informe concluye que es la plataforma tecnológica, propiedad de la empresa, la que determina la forma de trabajar, las zonas de reparto y los horarios y fija los precios.

Además, apunta que el trabajador no elige al cliente al que presta servicios y tampoco puede aceptarlo o rechazarlo libremente, porque eso tiene repercusiones en su valoración. Además, realiza su labor bajo una marca ajena (con las mochilas con la marca Deliveroo, por ejemplo) y se pueden ver "desactivados" por parte de la plataforma.

El acta afecta a 97 trabajadores en Valencia. Sin embargo, según el abogado laboralista Adrián Todolí el trabajo "excepcional" de la Inspección valenciana puede convertirse en referencia para futuras actuaciones en nuestro país.

La inspección llegó tras una denuncia presentada por el Sindicat de Treballadors de la Indústria, comerç y els Serveis-Intersindical Valenciana contra la mercantil Roofoods Spain (Deliveroo). En su denuncia, señaló que la empresa impuso una relación mercantil a los repartidores para ser contratados, lo que llevó a los trabajadores a darse de alta en el Régimen de Autónomos.

No obstante, el sindicato consideró que concurrían "todas y cada una de los requisitos exigidos por la normativa y la jurisprudencia para caracterizar la laboralidad de una relación", y entiendió que la "apariencia mercantil" de la relación "solo puede ser considerada como un fraude de ley impuesto por la demandada como ilícito requisito para poder acceder al puesto de trabajo".

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