El Gobierno deja fuera de la reforma hipotecaria una decena de cambios clave
Relega al desarrollo posterior crear una hoja de alerta de cláusulas de riesgo, el cálculo de la TAE o la regulación publicitaria El Consejo de Estado advierte que faltan aspectos exigidos por la UE elevando el riesgo de sanción al país
Los grupos parlamentarios ultiman estos días sus enmiendas a la reforma hipotecaria que tramita el Congreso de los Diputados. Tienen de plazo hasta el próximo 5 de diciembre para tratar de modificar un proyecto que cuenta ya con apoyos mayoritarios gracias a la adhesión de Ciudadanos, PNV y Coalición Canaria al texto impulsado por el Gobierno del PP.
Un texto que busca transponer la normativa europea sobre la materia y elevar la protección al consumidor hipotecario pero que ha dejado en el tintero una decena de los cambios clave previstos. Un paquete de medidas esenciales que el Consejo de Estado, los jueces y las asociaciones de consumidores denuncian que descafeína la norma a la espera de ver los matices que se dejan para el desarrollo reglamentario posterior.
El número y calado de las reformas que se dejan fuera de la nueva normativa es tal que tras su aprobación quedaría incompleta la trasposición de la directiva europea sobre créditos hipotecarios, cuya adopción ya llegará con dos años de retraso, por lo que España se juega una importante multa (ver despiece). “La trasposición de la directiva 2014/17/UE tiene carácter parcial”, advirtió al Gobierno el propio Consejo de Estado, alegando que esto “responde principalmente a la opción por diferir al desarrollo reglamentario, ya sea mediante real decreto, ya sea mediante orden ministerial, la incorporación de diversos contenidos de la mencionada directiva”.
Dentro de las omisiones, el Consejo de Estado considera dos de especial relevancia. De un lado, el desarrollo de la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN), así como de la hoja específica de advertencias sobre cláusulas hipotecarias de especial riesgo que se obligará a la banca a entregar a sus clientes. “No se dedica precepto alguno a fijar los contenidos mínimos de esa ficha, que se defieren directamente al desarrollo normativo”, reza el informe del Consejo de Estado sobre el proyecto de ley, al que ha tenido acceso este diario.
De otro, el organismo consultivo subraya que la reforma “no establece regulación alguna” sobre el cálculo de una tasa anual equivalente (TAE) homologable a nivel europeo, puntal clave de la directiva europea. En este caso, no obstante, el Consejo reconoce que existe una “sucinta regulación” de 2011 sobre la materia, circunscrita al cliente de servicios bancarios, la cual no evita, en todo caso, que persista “gran incertidumbre sobre el cálculo de esta tasa” que hace “imprescindible generar un marco normativo que obligue a las entidades bancarias a informar a sus clientes de las condiciones de los productos que están contratando”, como también viene reclamando el Consejo de Consumidor y Usuarios.
El Consejo de Estado ha avisado al Ejecutivo de que “resulta necesario incluir las líneas generales de uno y otro en el anteproyecto de ley”, aunque hacerlo dependerá ahora de las enmiendas que se acepten.
Más allá, el Consejo enumera además “otros contenidos de la directiva” que se han dejado fuera del cuerpo central de la reforma. El listado incluye las reglas de información básica que deben incluirse en la publicidad bancaria sobre créditos hipotecarios; aclarar la información que el banco está obligado a facilitar a su cliente; la normativa sobre evaluación de solvencia de los consumidores que deberán realizar las entidades antes de dar el visto bueno a la concesión de un préstamo o la regulación de algunos aspectos de la tasación de los inmuebles.
“Todos estos aspectos se defieren en su práctica totalidad al desarrollo reglamentario”, expone el informe del órgano consultivo, remarcando además que esto contribuirá a mantener una preocupante “dispersión normativa” en el ámbito hipotecario, como ya denunciara también el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en su informe sobre la reforma.
El listado de asuntos pendientes de regular no acaba aquí. El texto actual de la reforma tampoco especifica los requisitos mínimos de conocimientos que serán exigibles al personal de banca que comercialice las hipotecas. Tampoco detalla qué tipo de simulacros sobre variaciones de las cuotas debe entregar el banco al consumidor antes de la firma del contrato, ni especifica la información periódica que deberá facilitarle luego sobre la oscilación de los tipos, o índice de referencia de la hipoteca, y la evolución real de sus cuotas.
También se pospone la redacción de un contrato tipo estándar que las partes podrán solicitar voluntariamente y que busca simplificar el texto, evitando incluir alambicadas cláusulas.
El informe del Consejo de Estado concluye, finalmente, que la reforma hipotecaria que se aborda “habría merecido una tramitación más cuidada y sosegada” dada su importancia y complejidad.
Mayor peligro de multa comunitaria
106.000 euros al día: El hecho de que parte del contenido sustancial de la directiva europea en materia hipotecaria no esté incluida en el cuerpo de la reforma que tramita el Parlamento eleva las posibilidades de que España acabe siendo sancionada con una multa comunitaria. La Comisión Europea ha llevado al país ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) por el retraso que acumula en la trasposición de la directiva, que debía haber completado antes de abril de 2016. En el mejor de los casos, la norma entrará en vigor dos años después. Bruselas busca penalizar al país por haber dejado a sus ciudadanos sin el nivel de protección del que gozan el resto de países comunitarios (excepto Croacia, Chipre y Portugal, que también afrontan una multa por su demora). La Corte de Luxemburgo ya ha abordado la denuncia de la Comisión, en la que se detalla que España se expone a una sanción de 105.991,60 euros diarios por cada jornada que pase sin tener vigente la regulación europea desde el momento en que el tribunal dé la razón a Bruselas. Aunque es previsible que la reforma se apruebe antes de que llegue el fallo y que España esquive la multa, si la reforma es incompleta, el país puede acabar teniendo que pagar hasta culminar la reglamentación complementaria.