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La Ley sobre transparencia y gastos de hipotecas incluirá a los autónomos

Los autónomos serán tratados como consumidores. Tendrían, por tanto, la misma protección y defensa frente a abusos de la banca que cualquier ciudadano de a pie.

CINCO DÍAS

El Gobierno aprobó el pasado 3 de noviembre el Proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario, que supondrá grandes beneficios para los consumidores, pero también para los autónomos. Hasta ahora, los trabajadores por cuenta propia tenían menos seguridad a la hora de contratar una hipoteca y estaban más expuestos a sufrir determinados abusos por parte de la banca.

La razón principal es que, hasta ahora, no eran tratados como consumidores, sino como entidades empresariales. Esto les ponía en dificultades a la hora de ejercer sus derechos de defensa frente a abusos de la banca. Entre otras cosas, porque se presupone un conocimiento avanzado de temas económicos. Cuestión que finalizará si se aprueba el Proyecto de Ley con la redacción actual.

Una nueva normativa derivada de la obligatoriedad impuesta por la Unión Europea, que determina que España debía adaptar su directiva sobre hipotecas. De hecho, la ley debería haber sido aprobada en el año 2016, pero no lo hará hasta el primer semestre de 2018.

Beneficios

Con la nueva Ley de Crédito Inmobiliario los bancos no podrán determinar el vencimiento anticipado de una hipoteca hasta que el impago supere el 2%, o alcance las nueve cuotas de impago durante la primera mitad del contrato. Es decir, si la hipoteca firmada es a 30 años, esto afectaría durante los primeros 15 años.

Mientras que, en la segunda mitad del contrato, el límite se ha fijado en el 4% o doce mensualidades impagadas. De esta manera, el ejecutivo ha fijado un umbral a partir del cual las entidades bancarias pueden decretar el vencimiento anticipado de un préstamo. Hasta ahora, la banca podía vencer anticipadamente el préstamo con tres meses de letra impagados.

Por otro lado, la comisión por cancelación para los préstamos a tipo variable será cero a partir del quinto o tercer año de vigencia del contrato. Esto dependerá de lo pactado. En caso de la primera opción, la de cinco años, el límite será del 0,25% del capital desembolsado anticipadamente. Mientras, que, si se ha optado por pactar tres años, el porcentaje será del 0,5%.

En el caso de los préstamos a tipo fijo, la comisión será de un 4% en los primeros diez años y del 3% una vez superado este periodo. Actualmente, no existe límite legal y dependía exclusivamente del criterio del banco.

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