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Afectados por la devolución parcial de cláusulas suelo reclaman el resto a Justicia

El Supremo limitó a mayo de 2013 las compensaciones previas al dictamen del TJUE El Estado comienza a recibir decenas de reclamaciones por su responsabilidad Unive Abogados presenta decenas de reclamaciones al Estado por su responsabilidad

Sede del Tribunal Supremo.
Sede del Tribunal Supremo.Pablo Monge
Juande Portillo

El dictamen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado 21 de diciembre, aclarando que la banca debía devolver lo cobrado en aplicación de cláusulas suelo hipotecarias opacas con retroactividad total, supuso una victoria para los consumidores. Sin embargo, la doctrina anterior del Tribunal Supremo español de que las compensaciones solo debían hacerse por lo cobrado desde mayo de 2013 dejaba la puerta cerrada a recuperar el resto del dinero a los afectados que ya contaran con una resolución favorable en firme.

Decenas de ellos se preparan ahora, sin embargo, para reclamar el dinero ante el Ministerio de Justicia alegando que si no recuperaron todo fue por la inaplicación de los tribunales españoles del derecho europeo.

Esta es la novedosa estrategia legal puesta en marcha por el despacho Unive Abogados, que está planteando ya “reclamaciones de responsabilidad patrimonial del Estado Juez” ante Justicia en nombre de al menos 150 clientes solicitando el pago del resto del dinero que se les cobró.

El Ministerio tiene un plazo de seis meses para contestar estas solicitudes. Si no prosperan las reclamaciones por la vía administrativa, Unive abogados planea presentar un recurso contencioso por cada una contra la administración de Justicia ante el propio Tribunal Supremo.

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“Todo aquel al que le devolvieran lo cobrado hasta mayo de 2013, siguiendo el dictamen del Supremo contrario al derecho de la UE, puede reclamar al Estado esa diferencia porque es un dinero que no ha recuperado por vulneración de derecho comunitario por parte del propio Estado, no de los bancos”, argumenta José Ángel Martínez, socio de del bufete Unive.

Desde el despacho advierten, en todo caso, que el margen es limitado porque la posibilidad de reclamar expira al año del fallo del TJUE, es decir, el próximo 21 de diciembre. Para detener la cuenta atrás sería necesario presentar antes una reclamación ante Justicia. Unive cobra una tarifa única de entre 250 y 500 euros a los interesados en reclamar por esta vía, en función de las características de su hipoteca, y asumirá las costas si no tiene éxito.

“No es posible obtener la revisión de una sentencia firme por el hecho de que una sentencia posterior establezca una jurisprudencia que sea incompatible con los argumentos que fundamentan el fallo de la sentencia anterior”, aclaraba el pasado abril el Tribunal Supremo, rechazando la revisión de los fallos en firme anteriores a la doctrina de las devoluciones con retroactividad total.

En todo caso, para tratar de evitar un revés, el despacho contempla incluir en algunas de las reclamaciones una petición para que el Supremo eleve una consulta sobre el tema ante el Tribunal Europeo. “La ley dice que si el Supremo tiene dudas sobre la aplicabilidad del derecho tiene la obligación de plantear la cuestión prejudicial” ante la Corte de Luxemburgo, explica Martínez.

Desde Unive admiten que no existen precedentes claros de compensación por fallos contradictorios entre el Alto Tribunal español y la Justicia europea. El pulso judicial recuerda, eso sí, al de las reclamaciones por responsabilidad patrimonial del Estado por el cobro del llamado céntimo sanitario, anulado por el TJUE. El Supremo acabó avalando su devolución.

Los hitos el pulso judicial

Mayo de 2013: El Tribunal Supremo estableció los criterios para considerar nulas las cláusulas suelo opacas y se fijó esta fecha como límite para las devoluciones impuestas a la banca.

Diciembre de 2016: El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) dictaminó que las cláusulas nulas lo son desde su origen, y que la banca debe devolver lo cobrado por ellas con retroactividad total.

Abril de 2017: El Tribunal Supremo asume la retroactividad total en su jurisprudencia pero advierte que no se revisarán los casos juzgados con sentencia en firme porque se regían por la jurisprudencia anterior al fallo del TJUE.

Octubre de 2017: Unive Abogados reclama las cuantías no devueltas al Estado por vulnerar la legislación de la UE.

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