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Por qué la justicia europea apoyó al consumidor ante la banca en las claúsulas suelo... pese a las presiones

El presidente del tribunal europeo celebra que la banca española no quebrara pese a su decisión La Corte ultima responder al Supremo cómo proceder con otras cláusulas hipotecarias

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Juande Portillo

En el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con sede en Luxemburgo, son conscientes de la importancia que tuvo su dictamen del pasado diciembre en el que exigían a la banca devolver todo el dinero cobrado en aplicación de cláusulas suelo opacas con retroactividad total.

"Tuvimos que posicionarnos con la banca o con los consumidores", admite su presidente, Koel Lenaerts, defendiendo que su respuesta, favorable a los clientes, "no fue una decisión política", o basada en las posibles consecuencias para el sector, sino en "la aplicación de la ley" europea que está claramente del lado del consumidor, remarca.

Tal es la importancia del caso que Lenaerts recuerda de memoria el juzgado de lo mercantil que presentó la cuestión prejudicial que tuvo que abordar la Corte de Luxemburgo, así como los apellidos del demandante, "Gutiérrez Naranjo", que daban nombre a la causa.

"Fuimos advertidos de las consecuencias", rememora el presidente del TJUE en referencia a las alertas que entidades privadas y autoridades españolas hicieron sobre el posible descalabro que sufriría el sistema bancario español si debía devolver de golpe "miles de millones de euros" a sus clientes.

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Un temor que motivó en parte la limitación que impuso en su día el Tribunal Supremo a la retroactividad de las devoluciones, que acotó como máximo a mayo de 2013, la fecha en que se pronunció por primera vez sobre qué cláusulas debían ser consideradas nulas.

"A medio plazo, la banca española no ha colapsado", celebra Lenaerts, recordando que los jueces no tienen que fallar basándose en las posibles consecuencias colaterales de sus sentencias, pero sí deben tenerlas en cuenta para analizar si esas consecuencias están en el espíritu de lo que fijó en su día el legislador.

"Debíamos posicionarnos a favor de los consumidores o de los accionistas" de la banca, incide, en respuesta a preguntas de este diario, durante un encuentro con prensa europea celebrada en la sede del tribunal europeo, para asertar que la directiva europea de 1993 protege al consumidor de las cláusulas abusivas.

El caso, ha expuesto, es similar al que recientemente ha abordado el TJUE sobre las hipotecas multidivisas de Rumanía en las que "un consumidor sin capacidad para negociar con un vendedor profesional, el banco" adquiere un producto sin suficiente información sobre sus riesgos. El presidente del tribunal ha manifestado su deseo de que la justicia rumana, y la del resto de países europeos que aborden cuestiones similares, no tarden en aplicar la nueva doctrina que declara nula la emisión de los créditos en moneda extranjera si el cliente no fue advertido debidamente del posible impacto adverso de esta condición.

Tan relevante es el fallo que el Tribunal Supremo español ha pospuesto su pronunciamiento sobre las hipotecas multidivisa españolas a la luz del dictamen europeo, con el objetivo de incorporar su doctrina al fallo que ahora se espera para mediados de octubre.

El presidente del tribunal europeo ha querido aclarar, sin embargo, que el hecho de que la Corte de Luxemburgo contradiga a veces a los órganos judiciales nacionales no supone una confrontación sino el funcionamiento normal del sistema judicial comunitario en el que ahora existe una última instancia en Luxemburgo que tiene potestad para interpretar la aplicación de la ley comunitaria.En todo caso, el Supremo viene evitando pronunciarse en los últimos meses sobre algunos de los asuntos hipotecarios más controvertidos hasta conocer la impresión del TJUE, evitando el riesgo de que sus sentencias sean corregidas por la Corte de Luxemburgo.

En este sentido, Lenaerts ha avanzado que el tribunal europeo tiene previsto remitir una contestación al Supremo lo antes posible sobre las consultas elevadas a comienzos de este año sobre las cláusulas de vencimiento anticipado e intereses de demora.

Las obligadas labores de traducción, sin embargo, dilatan todos los procesos en la Corte de Luxemburgo, escoltada por dos torres en las que operan un millar de traductores de todos los idiomas de la UE. Por eso, aunque la justicia española espera una respuesta antes de final de año -como también lo espera el Gobierno para no tener que parchear la reforma hipotecaria que ultima- el presidente del TJUE advierte que el tiempo medio de respuesta es de 15 meses.

Desde el TJUE recuerdan, en todo caso, que pese al impacto mediático de este tipo de sentencias en defensa de los consumidores, el grueso de cuestiones que se resuelven en Luxemburgo no viene de España, sino de Alemania, como es lógico por ser el estado más poblado de la UE.

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