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La complicidad entre defraudador y asesor fiscal exime de responsabilidad al seguro

La justicia exonera a la aseguradora del pago de la multa que Hacienda impuso a un cliente El asesorado construyó una estructura fiscal fraudulenta con ayuda del profesional

Si un asesor fiscal recomienda una estructura tributaria fraudulenta a un cliente y ambos son cómplices en la actuación, el seguro de responsabilidad civil del profesional no responde ante posibles multas.

Así lo establece una sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid en la que se exime de toda responsabilidad a la aseguradora. El origen del asunto está en la reclamación que planteó el cliente frente a la entidad que le prestó el asesoramiento fiscal, frente a la socia administradora de la misma, que en este caso le prestó el asesoramiento, y frente a la entidad que aseguraba su responsabilidad civil profesional.

El cliente reclamaba que le abonaran, solidariamente, la suma de 114.230,26 euros, cuantía del importe de las sanciones que le impuso la Administración Tributaria. Alegaba que las sanciones se debían a irregularidades fiscales fruto de haber seguido el negligente asesoramiento de su asesoría fiscal.

En primera instancia, el juzgado dio la razón al cliente, pero la aseguradora decidió recurrir y ahora la Audiencia inclina la balanza en su favor. Según apunta la sentencia, el comportamiento de la asesoría debe calificarse como doloso o fraudulento, al haber diseñado una estrategia en beneficio de su cliente con perfecto conocimiento de que con ello se transgredía la normativa fiscal. Lo que hicieron fue crear formalmente una apariencia de actividad como transportista de la esposa del cliente por completo irreal y cometiendo con ello una infracción tributaria muy grave.

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Además, la sentencia subraya el hecho de que el cliente, por su parte, no solo conocía la maniobra que le propuso su asesoría, sino que la consintió, participando en la misma activamente porque la puesta en marcha del fraude exigía una intervención proactiva del cliente y su esposa.

Según apunta la resolución, el cliente, ante el riesgo de superar los límites correspondientes a su epígrafe de tributación por el método de estimación objetiva, consintió en dar de alta en la misma actividad económica a su esposa para poder dividir entre ambos los rendimientos de la única empresa realmente existente y así poder beneficiarse de condiciones tributarias mucho más ventajosas. La esposa tuvo que darse de baja en su actividad habitual de peluquería y darse de alta en la actividad de transporte del marido, poniendo además a su nombre determinados vehículos y contratando a trabajadores que antes estaban contratados por su esposo.

La Audiencia considera que este conocimiento y consentimiento por parte del cliente de la estrategia diseñada por su asesoría, asumiendo una posición de complicidad en el fraude, inclina definitivamente la balanza en favor de la aseguradora.

Llueve sobre mojado

La labor de los asesores fiscales está, cada vez más, en el punto de mira. El hecho de que para defraudar a Hacienda un particular necesite la colaboración de un especialista supone que los asesores se conviertan, en ocasiones, en cooperadores necesarios. Así se está poniendo de manifiesto en los últimos tiempos, después de que el propio Tribunal Supremo señalara a estos profesionales como posibles cómplices en la comisión de delitos contra la Hacienda Pública. Lo hizo en la sentencia en la que se condenó al futbolista del Fútbol Club Barcelona Leo Messi por fraude fiscal a una pena de 21 meses de cárcel y a una multa de dos millones de euros. En la resolución, el Alto Tribunal señalaba que resultaba "difícil de comprender" que los asesores a los que acudió el futbolista fueran "excluidos de toda preocupación acusadora por parte del Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado".

La sentencia que ha dictado ahora la Audiencia Provincial de Valladolid vuelve a ponerse el foco sobre la labor de los asesores fiscales y su posible complicidad cuando recomiendan estructuras fiscales ilegales a sus clientes.

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