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Tribuna
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Impacto del ‘brexit’ en contabilidad y auditoría

Dada la influencia de la tradición anglosajona es improbable que se altere la sintonía entre los socios

Protestas contra el 'brexit' en Londres.
Protestas contra el 'brexit' en Londres.REUTERS

Es bien conocido que el referéndum celebrado en 2016 trajo consigo un insospechado resultado favorable al brexit. Las incógnitas ante este inesperado escenario arrancan con el calendario de la presumiblemente compleja negociación. La decisión acarrea incertidumbres de relevancia, particularmente para Reino Unido, pero también para los países que permanecerán en el club comunitario. Una de las más señaladas afecta directamente al marco institucional y regulador de la actividad empresarial, pues con la activación del brexit, y a falta de soluciones de transitoriedad, comienza la cuenta atrás para el momento en el cual tratados, directivas y restante normativa europea en materia de sociedades no serán aplicables a compañías radicadas en Reino Unido, al convertirse automáticamente en país tercero desde la óptica de la UE.

En este sentido, predominan los augurios que, en términos económicos, contemplan desfavorablemente este abandono británico, en virtud de que, culturalmente, su relación con la UE ha respondido a un claro enfoque de integración transaccional, que relegaba la voluntad de convergencia en muchas políticas comunes a una mera acomodación instrumental al servicio de relaciones comerciales y de negocios a escala global. Incluso parecía que la practicidad consustancial a un elevado nivel de integración financiera, cuya máxima expresión es la mística creada alrededor de la City se había venido imponiendo a cierta corriente subyacente de desconfianza euroescéptica hacia el proyecto de la UE, a menudo confinada en una retórica añeja de tintes más bien simbólicos. De hecho, el pulmón de servicios financieros londinense, incluyendo al pujante segmento de las fintech, ha dado impulso a una constelación de entidades prestadoras de servicios empresariales que podrían plantearse la conveniencia de relocalizarse tras la salida de Reino Unido.

Hay que considerar que, consumado el brexit, las reglas comunitarias referidas a libertad de establecimiento mercantil, normas contables y de auditoría u organismos reguladores centrales tendrán que sustituirse por futuribles leyes nacionales. Ahora bien, dada la indiscutible influencia de la tradición anglosajona en el vigente régimen contable y de auditoría adoptado por la UE, que descansa sobre normas internacionales, es improbable que se altere sustancialmente la sintonía entre los hoy todavía socios, más allá de inevitables efectos colaterales menores. Cabe presuponer que se mantenga la convergencia alcanzada en cuanto a principios y normas contables, publicación de estados financieros, revisión y verificación, consolidación, divulgación de información de gobierno corporativo o modelos para pymes. No obstante, los factores de riesgo y volatilidad derivados del impacto del brexit ya han encontrado reflejo en la información financiera de firmas que tienen intereses en Reino Unido. Así, y de acuerdo a lo dispuesto por la CNMV, en coordinación con los restantes supervisores nacionales de la UE, la evaluación y desglose de riesgos asociados al brexit destacaba como una de las prioridades establecidas para la formulación de cuentas de 2016 de cotizadas españolas eventualmente afectadas, entre las que aparecen varias compañías de peso en el índice selectivo.

En lo que respecta al campo de la auditoría, tampoco se vaticina que a corto y medio plazo se produzca una quiebra de la armonización conseguida entre los actuales socios en lo relativo a acceso a la profesión, cualificación, condicionantes y requisitos de acreditación, emisión de informes y contenido de los mismos o sistemas de supervisión. Con todo, es inevitable que se lleguen a plantear cuestiones concretas como la del ejercicio transfronterizo, en tanto que tras el brexit, los auditores británicos habrían de ser tratados como de terceros países, sujetándose su actividad en la UE a un régimen de autorización diferente del de quienes pertenezcan a los Estados miembros. En reciprocidad, surgen interrogantes respecto a la posición y estatus de los auditores asentados en el espacio comunitario y que quieran ejercer en Reino Unido.

Quizá la más lúcida síntesis de la situación de preocupación generada en el mundo corporativo con el impacto del brexit sea la de los análisis que recuperan la frase de James Carville, asesor de Bill Clinton, en la campaña demócrata presidencial estadounidense de 1992: “Es la economía, estúpido”.

Mercedes Redondo. Universidad de Valladolid. Francisco Javier Jimeno de la Maza es economista. Primer Accésit del Premio AECA de Artículos 2017.

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