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Los ayuntamientos andaluces, los que más incumplen el deber de rendir cuentas

El Tribunal de Cuentas pone la lupa sobre 62 ayuntamientos de más de 5.000 habitantes El principal objetivo es determinar las causas que ocasionan el incumplimiento

El presidente del Tribunal de Cuentas, Ramón Álvarez de Miranda García.
El presidente del Tribunal de Cuentas, Ramón Álvarez de Miranda García.Roman G. Aguilera (EFE)

Entre las múltiples actuaciones que está llevando a cabo el Tribunal de Cuentas para fomentar la rendición de las cuentas generales de las entidades locales, ha incluido en su programa de trabajo para 2017 la “Fiscalización sobre rendición de cuentas de las entidades locales, ejercicio 2015, con especial atención a entidades con incumplimientos reiterados de dicha obligación”.

Esta fiscalización incluye a los 62 ayuntamientos de más de 5.000 habitantes y a la diputación provincial que, en el mes de marzo de este año, no habían cumplido con la obligación de rendir la cuenta general de los ejercicios 2014 y 2015. Entre sus principales objetivos está determinar las causas que ocasionan el incumplimiento del deber de rendir sus cuentas y contribuir a remover los obstáculos para conseguir la plena rendición.

Lo que pretenden es dar la mayor amplitud y profundidad al análisis del incumplimiento de dicho deber, con carácter reiterado, por las entidades locales, identificando sus causas, para eliminar los obstáculos estructurales, organizativos o las prácticas de gestión que lo originan.

En esta fiscalización se efectúa un análisis de la composición del censo del sector público local y del nivel de cumplimiento de la obligación de rendición de las cuentas en los últimos años, determinándose en la misma los motivos que ocasionan el incumplimiento. Para ello se examina, para cada una de las 62 entidades en las que concurre tal circunstancia, la observancia de las disposiciones legales y reglamentarias a las que están sometidas en materia de formación, aprobación y rendición de cuentas; así como la coherencia e integridad de las cuentas anuales formadas y no rendidas o, en su defecto, de su información contable. Además, se verifican los sistemas y procedimientos contables que tienen implantados y su correlación con los restantes sistemas de información y control interno.

En ejecución de esta fiscalización, en marzo de 2017, se remitieron oficios a las referidas entidades requiriendo la rendición de las cuentas de los ejercicios 2014 y 2015, y solicitando información sobre una serie de aspectos esenciales que permitirán evidenciar las razones del incumplimiento. A las entidades que no atendieron dicha solicitud, se les reiteró la reclamación en el mes de mayo, con la advertencia de que, si a 9 de junio no la hubieran respondido, se procedería a requerir la personación del respectivo Alcalde y del responsable de la Intervención municipal en la Sede del Tribunal de Cuentas para explicar las razones que lo motivaban.

Como consecuencia de estos requerimientos, hasta la fecha han rendido las cuentas de los referidos ejercicios las siguientes entidades: en Andalucía -Comunidad Autónoma donde se encuentra el mayor número de las entidades incumplidoras-, los Ayuntamientos de Albuñol, Álora, Bailén, Benalup-Casas Viejas, Cádiz, Minas, San Fernando, Ronda, San Juan de Aznalfarache, Villaverde del Rio, Villanueva del Ariscal y Villanueva del Río; y, en Extremadura, el Ayuntamiento de Castuera. Han rendido la cuenta de 2014, quedando pendiente la de 2015, los Ayuntamientos de Archidona, Arcos de la Frontera, Benalmádena, Cártama, Mairena del Alcor, Marbella, Nerva, Garrucha y Ronda, todos ellos sitos en Andalucía; además, ha rendido la cuenta de 2015, el Ayuntamiento de Gines, perteneciente a la misma Comunidad Autónoma.

A principios de julio se han cursado por el Tribunal de Cuentas escritos a los alcaldes que seguían sin enviar información ni rendir las cuentas, citándoles a su personación si a finales de mes no hubieran atendido la petición. Todo ello sin perjuicio de que se apliquen las medidas que establece la normativa reguladora del Tribunal de Cuentas al efecto, entre las que se incluye la realización de requerimientos conminatorios y la imposición de multas coercitivas a los responsables de las entidades incumplidoras, que se harán efectivas sobre el patrimonio de estos, y que se reiterarán hasta el debido cumplimiento de la obligación, además de requerirse las responsabilidades que se deriven de dicha actuación.

El Tribunal de Cuentas viene realizando un gran esfuerzo para conseguir la plena rendición por las entidades locales. Para ello desarrolló en 2007 la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales, que en la actualidad gestiona junto con los órganos de control externo de las Comunidades Autónomas, y tiene regulado un procedimiento para la rendición telemática y en formato electrónico de dichas cuentas. Además, lleva a cabo planes de actuaciones anuales, que se ejecutan con carácter previo a la fecha de rendición y con acciones posteriores sobre las entidades incumplidoras una vez transcurrido el plazo legal para hacerlo efectivo.

El Tribunal de Cuentas recomienda reiteradamente en sus Informes de fiscalización sobre el sector público local que se vincule la percepción de ayudas y subvenciones por las entidades a la previa rendición de cuentas y que se adopten y se pongan en práctica medidas que garanticen su adecuado y oportuno cumplimiento en plazo y forma, debiendo ofrecerse un marco suficientemente explícito para que se reconozca a las cuentas anuales la importancia que tienen para el cumplimiento de sus fines y se asegure que las mismas ofrezcan una información completa, coherente, integrada y fiable. Solo de este modo puede garantizarse la necesaria transparencia y el cumplimiento de los principios de eficacia, eficiencia y economía exigibles en la gestión pública.

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