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Sólo 10.250 autónomos dependientes están inscritos en el SEPE

Según los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) 260.000 autónomos trabajan prácticamente en exclusiva para una empresa

Según la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), sólo 10.250 trabajadores autónomos económicamente dependientes están inscritos de forma oficial en el Registro del Servicio Público de Empleo (SEPE). Unos datos que, según UPTA, contrastan con las ofertas de trabajo que publican los portales especializados y que solicitan los servicios de autónomos para realizar diversas actividades laborales y profesionales.

Las cifras tampoco concuerdan con los datos publicados por la Encuesta de Población Activa (EPA) que reflejan que 260.000 autónomos desarrollan su actividad prácticamente en exclusiva para una sola empresa y que, de ellos, 170.000 lo hacen totalmente en exclusiva para una entidad.

El sector del transporte es el que mayor número de autónomos registra en condición de dependencia, alcanzando los 17.000 trabajadores sin que la mayoría de ellos tenga su contrato inscrito en el Servicio Público de Empleo. Otros sectores que presentan cifras elevadas de trabajadores autónomos dependientes son los de comunicación, ventas, reparación, marketing comercial y los del sector manufacturero.

Según UPTA, la situación se debe a la actitud obstruccionista de un gran número de grandes empresas que no quieren reconocer al trabajador los derechos que la legislación contempla para este colectivo, como son las indemnizaciones por cese, el acceso a vacaciones reguladas o el reconocimiento de la prevención de los riesgos laborales.

El secretario general de UPTA, Eduardo Abad, ha insistido en la necesidad urgente de controlar estas prácticas que, a la vista de los datos recabados, han empezado a generalizarse y con las que lo único que se consigue es aumentar la precariedad en el mercado de trabajo autónomo.

Abad ha recordado que tanto el autónomo como la empresa pueden registrar unilateralmente el contrato en el SEPE. Su inscripción, ha dicho Abad, posibilita el acceso al acuerdo de interés profesional, al disfrute de vacaciones, a la protección en casos de maternidad o paternidad y a la resolución de conflictos con la empresa a través de la jurisdicción social. Dicho acuerdo es homólogo al convenio colectivo de los trabajadores y otorga los derechos fundamentales de este colectivo recogidos en la ley.

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