Pensión de la Seguridad Social: lagunas de cotización en los autónomos
La semana pasada comentamos cómo influyen los años que no cotizamos en el cálculo de la pensión de jubilación de la Seguridad Social en el caso de los trabajadores por cuenta ajena. En este post vamos a ver qué ocurre en el caso de los autónomos.
A diferencia del régimen de asalariados, los autónomos pueden elegir en cada momento qué base de cotización quieren tener (mínima, máxima o una base intermedia) y las lagunas que existan en el periodo de cálculo, si vincula el régimen de autónomos, se contabilizan a 0 euros, por lo que la base reguladora será inferior respecto al régimen de asalariados.
Imaginemos un autónomo de 61 años, con 36 años cotizados a la Seguridad Social que va a vender su empresa, no ha cotizado por prestación por desempleo y no tiene intención ni de volver a cotizar ni de hacer convenio especial con la Seguridad Social. ¿Qué pensión le correspondería?
A dicho importe habría que restarle el Factor de Sostenibilidad que fue aprobado en 2013 y entrará en vigor a partir de 2019.
*Paula Satrústegui, directora de Planificación financiera en Abante.