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Energía

¿Es usted uno de los 13 millones a los que se va a refacturar el recibo de la luz?

La sentencia del Supremo que ha obligado a Industria a reconocer un mayor margen comercial a las eléctricas reguladas, supondrá una subida mínima del 1,1% para los domésticos. También se revisará a 1,7 millones de clientes de gas.

Un cliente mira su factura de la luz.
Un cliente mira su factura de la luz. Cinco Días
Carmen Monforte

En una sentencia del pasado 31 de mayo, el Tribunal Supremo “ordenó” al ministro de Economía y responsable de Industria en funciones, Luis de Guindos, que eleve al Consejo de Ministros antes de fin de este mes, una propuesta para calcular el llamado margen de comercialización del PVPC (Precio de Venta al Pequeño Consumidor) que es el beneficio que reciben las filiales de las cinco grandes eléctricas que suministran en el mercado regulado: Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, EDP y Viesgo.

 Se trata de la ejecución de una sentencia de noviembre de 2015 exigida por Gas Natural Fenosa en marzo de este año ante la demora en su aplicación por parte de Industria y que supondrá la refacturación de la luz de los últimos 27 meses de casi 13 millones de pequeños usuarios eléctricos y 1,7 millones de gas.

El citado margen de comercialización fue recurrido en mayo de 2014 por Gas Natural e Iberdrola ante el Alto Tribunal por considerar que no cubría los costes de sus comercializadoras de referencias, que son las que por ley suministran a los domésticos: hasta ahora, cuatro euros anuales por kW de potencia contratada. Según las compañías, esta cifra, que supone para ellas 280 millones, solo cubre el 60% de sus costes.

Se revisarán los recibos desde abril de 2014 para incluir la subida del margen comercial de las compañías

Los recursos de ambas compañías fueron admitidos parcialmente por el Supremo que se negó él mismo a fijar la retribución y rechazó una indemnización que reclamaba Iberdrola. Tras considerar que el Gobierno no había elaborado una metodología de cálculo para determinar dicho margen, el Supremo anuló la disposición que lo establecía en el real decreto por el que se creó el PVPC en abril de 2014. Según la sentencia, al aplicarse “sin un respaldo metodológico”, el Gobierno ha infringido “los principios de transparencia, objetividad, suficiencia tarifaria y proporcionalidad” que exige la ley.

Industria pidió de inmediato a la CNMC que elaborara una metodología. Ante la urgencia expresada por Gas Natural al pedir al Supremo en marzo que ejecutara la sentencia, el ministerio atribuyó el retraso al supervisor. Finalmente, este notificó su informe el 6 de junio. En él reconoce que, efectivamente, el margen comercial del PVPC “es insuficiente para cubrir los costes de explotación”. En el caso del gas, que también fue recurrido, sí se cubren los costes de explotación, pero “son insuficientes para retribuir a las empresas por el ejercicio de su actividad”, dice.

La Comisión considera que la actualización de los costes para fijar el margen, supondrá, excluidos impuestos, un incremento de la factura del 1,1% para un consumidor medio con el peaje 2.0A, el más habitual (11,8 millones de clientes). Esto supone pasar de los cuatro euros por kW contratado al año a 5,24 euros.

Esta cifra es el mínimo, ya que el regulador deja en manos del ministerio la posibilidad de que se les reconozca a las compañías el llamado coste de captación de clientes, del que disfrutan las comercializadoras en el mercado libre, pero no las de referencia, que están obligadas a suministrar con el PVPC a los clientes con menos de 10 kW que quieran acogerse a dicho paraguas. Para un coste de captación de 56,41 euros/cliente, el margen podría oscilar entre 5 euros y 7 euros/cliente.

Aunque las cantidades a cobrar no serán muy elevadas (quizás unos 30 euros para la tarifa más habitual), una refacturación tan masiva será complicada para las empresas, especialmente, cobrar a los clientes que hayan pasado en estos dos años largos al mercado libre y hayan contratado con otra compañía.

Guindos se enfrenta a otra norma que beneficia a Endesa

La ejecución de sentencia dictada por el Tribunal Supremo sobre la revisión del margen comercial de las grandes eléctricas que venden a tarifa regulada, se dirige directamente “al ministro de Economía, que sustituye al ministro de Industria” para que lleve al Consejo de Ministros una metodología de cálculo de dicho margen. Luis de Guindos ya tiene en su poder el informe preceptivo de la CNMC y solo le quedan dos reuniones del Consejo (la de hoy y la del día) para cumplir “la orden” del Supremo que le da de plazo para ello hasta fin de mes.

Una vez más, Guindos se enfrenta, como sustituto de José Manuel Soria a una norma que beneficia a Endesa, de la que fue consejero en los dos años previos a su llegada al Gobierno. Hace un par de semanas decidió inhibirse en la aprobación de una orden ministerial que fija la nueva retribución de las redes eléctricas, que firmará la vicepresidenta del Gobierno, según el real decreto con la sustitución aprobado por el BOE. Dada la interpretación estricta que hizo sobre su incompatibilidad, todo apunta a que volverá a repetir la jugada. En este caso, le resultará más fácil: al tratarse de un decreto, lo firmará el presidente del Gobierno, y le bastará con ausentarse de la reunión.

Sobre la firma

Carmen Monforte
Es redactora de Energía de Cinco Días, donde ocupó también los cargos de jefa de Especiales y Empresas. Previamente, trabajó como redactora de temas económicos en la delegación de El Periódico de Cataluña en Madrid, el Grupo Nuevo Lunes y la revista Mercado.

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