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Activos anteriores a 1994: coeficientes abatimiento (Renta 2015)

En las últimas semanas os hemos comentado a través de este blog las cuestiones básicas que debemos tener en cuenta cuando hagamos la declaración de la renta de 2015: cómo pedir el borrador y quiénes pueden solicitarlo, errores más comunes y qué hacer si confirmamos un borrador incorrecto, las principales novedades de este año, cómo incluir los planes de pensiones o los inmuebles en la declaración, la tributación de las retribuciones en especie y en qué casos nos conviene hacer la declaración de forma individual o conjunta, entre otros.

Además, en Abante hemos preparado una guía sobre la tributación de los productos financieros (fondos de inversión, depósitos, acciones, etc.) para ayudaros a entender cómo incluirlos en la renta: si os interesa la podéis descargar a través de este link.

En este post, queremos destacar que hay que tener presente el régimen transitorio de los coeficientes reductores. En las ganancias patrimoniales o rendimientos del capital mobiliario obtenidos por la venta de inmuebles, acciones, fondos de inversión y determinados seguros comprados antes del 31 de diciembre de 1994, existe una exención, por la aplicación una norma transitoria, con un límite de 400.000 euros del precio de venta.

El cálculo del rendimiento o ganancia exento se hace de forma diferente según el tipo producto. Los coeficientes reductores son:

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