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Tributación

Compra una casa en España…y paga el doble de impuestos

El impuesto medio español por comprar una vivienda de segunda mano es del 7,9%, cuando la media europea se sitúa en el 4,5%.

Cartel de Se Vende en una vivienda de segunda mano.
Cartel de Se Vende en una vivienda de segunda mano.Cinco Días
Miriam Calavia Rogel

La compra de una vivienda no es solo el precio que el vendedor pide por ella. Hay que sumar los gastos de la operación y el pago de los impuestos. Y rendir cuentas con el fisco no sale igual de caro en España que en otros países de su entorno

En el caso de los inmuebles de segunda mano, el comprador debe abonar el llamado Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), cuyo tipo impositivo en España varía según la comunidad autónoma, y actualmente oscila entre el 6% y el 10% sobre el precio de venta de la casa que figura en las escrituras. Según el informe Doing Business del Banco Mundial, el impuesto medio español por adquirir una vivienda es del 7,9%, cuando la media europea se sitúa en el 4,5%. Es decir, que el coste impositivo en España casi duplica el de la misma operación en el resto de la Unión Europea, y también es superior al de la media en los países de la OCDE (4,1%).

Ernesto Pérez Olivera, director general de la consultora inmobiliaria Indivisa Personal Shopper Inmobiliario, afirma que el ITP varía enormemente entre el 10,1% que pagan en Asturias o Cataluña, frente al 6% que se paga en Madrid o el 3,1% de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Recuerda, además, que otra particularidad del sistema tributario español es que el porcentaje de este tributo en concreto es fijo. Así, afecta de igual forma a la compra de inmuebles que cuestan un millón de euros que a las que valen 150.000 euros.

Ante esta situación, el responsable de Indivisa Personal Shopper Inmobiliario afirma que los clientes internacionales de la compañía -que suponen un 10% de su cartera-, “se sorprenden enormemente ante esta tributación”. Por su parte, “los clientes españoles que encargan a la compañía la búsqueda y negociación de su vivienda, insisten en muchos casos en la necesidad de lograr una rebaja que palíe este gasto adicional”.

Hay que tener en cuenta que si finalmente Hacienda comprueba que el valor de la casa es mayor al que se refleja en la escritura pública de compraventa, el fisco aplicará el tipo impositivo que corresponda a la nueva valoración.

Si la adquisición de la vivienda se realiza mediante un préstamo hipotecario también es obligatorio pagar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD), por la constitución de dicho préstamo.

Sobre la firma

Miriam Calavia Rogel
Periodista económica con amplia experiencia digital y especializada en mercados y finanzas personales. Comenzó su andadura en la web financiera de Vocento y como colaboradora del suplemento Su Vivienda y Profesionales de El Mundo. Desde 2007 es redactora en Cinco Días, donde ha presentado el programa 'Economía Clara' y realizado videoentrevistas.

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