Linde quiere terminar con el crédito muy barato
El Banco de España dice que prestar a pérdidas “es hacer trampas”
La guerra desatada en los últimos años para captar nuevos clientes que compensen la que parece una continua caída de los ingresos por los bajos tipos de interés puede tener los días contados. El Banco de España publicó el viernes en el BOE una modificación de la circular contable de las entidades de crédito (Circular 4/2004) en la que incluye como una de las principales novedades que si el precio de un crédito es menor que su valor razonable de mercado, el banco en cuestión deberá apuntarse la diferencia como pérdida.
De esta forma, el Banco de España intensificará la vigilancia para que las entidades tengan en cuenta en su política de precios el coste del préstamo a la hora de definir una estrategia en la concesión de crédito. Con ello se pretende evitar el conocido como dumping comercial. “Dar préstamos por debajo de costes no es competir, es hacer trampas”, han advertido fuentes del supervisor, quien añadió que esta práctica no responde a una “competencia sana”.
La nueva circular contable (que tenía previsto entrar en vigor en junio, pero dada su complejidad se ha retrasado a octubre) recoge que las operaciones de crédito deben reconocerse en el momento de su concesión por su valor razonable y no por el precio de la transacción. Así si el precio está por debajo del coste, la entidad deberá aplicar una prima de riesgo que tendrá que ser superior al 0%. Además, si el precio de la transacción está por debajo del valor razonable, el banco tendría que reconocer una pérdida anotándoselo como gasto. Este reconocimiento podría ser inmediato en caso de que la prima de riesgo del préstamo fuera un “dato observable” o bien aplicárselo de forma diferida.
El riesgo del consejero
Otra novedad es que se vinculan las responsabilidades del consejo de administración de los bancos a las políticas de gestión del riesgo de crédito, que cubren la aprobación de políticas, metodologías y procedimientos. El consejo deberá tener conocimiento actualizado de la información relevante sobre el riesgo de créditos asumido, conocimiento de los supuestos de las metodologías, sus limitaciones, la base de datos que las sustentan y su impacto en las coberturas.
El supervisor pretende así terminar con la concesión de financiación a pérdidas, algo de lo que también se habían quejado algunos bancos. Fuentes del Banco de España mantienen, no obstante, que esta nueva circular no influirá en una subida generalizada del precio del crédito. Insisten en que la competencia les encanta. “Lo que queremos es que se haga con transparencia, que no se haga dumping, que no se tiren los precios para ganar cuota de mercado y luego subirlos”, recalcan.
En cuanto a las categorías en que se clasifican contablemente las operaciones en función del riesgo de insolvencia del titular o la operación, la novedad más destacada es la desaparición de la categoría de subestándar y la inclusión de una subcategoría de riesgos en vigilancia especial dentro de los riesgos normales.
Esta nueva subcategoría incluye las operaciones con “debilidades en su solvencia” pero sin plantear dudas sobre su reembolso total, como las operaciones reestructuradas o refinanciadas. La denominación de las categorías queda así en normal, normal en vigilancia especial, dudoso subjetivo, dudoso moroso y fallido. El supervisor explica que con este giro de 180 grados en la metodología para el cálculo de las provisiones se pretende contar con procedimientos “sólidos y que sean razonablemente homogéneos y comparables entre las entidades”. Recuerda, de cualquier forma, que la nueva metodología deberá volver a cambiarse en 2018 por el concepto de pérdida esperada, según normas internacionales.
La circular establece además una guía para la creación de metodologías contables de estimación de coberturas por riesgo de crédito. Se fijan así estimaciones individualizadas y estimaciones colectivas. En este último caso, las entidades podrán contar con metodologías internas. Ante algunas críticas de expertos, el supervisor quiere matizar que esta norma “no es un carta blanca para construir modelos arbitrarios o sesgados”. La intención es servir de guía para llevar a cabo un diseño “neutral” y que pueda ser fácilmente analizado por el Banco de España. Si las metodologías internas de las entidades no son eficaces, el supervisor propondrá un “plan corrector” y se procederá a la aplicación de soluciones alternativas.
La CECA afea al supervisor
El organismo encabezado por Luis María Linde estima que el grueso de las clasificaciones anteriores consideradas subestándar pasarán ahora a la nueva subcategoría de “normal en vigilancia especial”, con un leve incremento de los dudosos. La institución supervisora asegura que la banca absorberá sin problemas el impacto de la actualización de la circular contable, solo algunas firmas no significativas podrían ver elevadas sus provisiones con la nueva norma, solo ellas podrían tener un “impacto cuantitativo”, señalan fuentes del banco de España. Los expertos explican que serían las entidades con mayor tasa de morosidad las que sufrirían un mayor impacto, y entre ellas destacan Banco Popular, y alguna antigua caja de ahorros. CECA, asociación presidida por Isidro Fainé, presidente también de CaixaBank y en la que se encuentran las antiguas cajas de ahorros y las fundaciones bancarias, decidieron el viernes remitir un comunicado criticando la fecha de entrada en vigor de esta norma. CECA cree que hubiera sido “deseable” que la nueva circular hubiera esperado al cambio de la normativa internacional. CECA recuerda que la futura normativa europea (NIIF 9) que entrará en vigor en 2018 requerirá en un “corto espacio” de tiempo la adaptación de dichos modelos, puesto que habrá que pasar de un enfoque de pérdidas históricas o incurridas a uno de carácter prospectivo (pérdida esperada). Eso sí, CECA ha valorado como “aspecto positivo” que la nueva norma permite la utilización de modelos internos para la estimación de las coberturas. Hasta ahora las provisiones se dotaban de forma general según un calendario hasta llegar a una dotación del 100% del valor del crédito entre 12 y 15 meses. Ahora el calendario será distinto según el tipo de préstamo al calcularse según la morosidad de esos productos.