Si su vuelo se retrasa, solo necesita echar mano del móvil
Se multiplican las compañías que gestionan reclamaciones de pasajeros Los españoles podrían reclamar anualmente 900 millones de euros a las aerolíneas
Unos 200 millones de pasajeros transitan anualmente por los aeropuertos españoles. El 1% de ellos, esto es, dos millones, tendría derecho a recibir una compensación por incidencias sufridas en sus vuelos. Teniendo en cuenta que la contraprestación media son 450 euros, las aerolíneas deberían abonar aproximadamente 900 millones de euros al año solo en este país si todos los afectados reclamasen, según estimaciones de Airhelp.
Esta jugosa cifra no ha pasado inadvertida para el sector privado. Compañías como Refund.me, Reclamador.es, Reclamatuvuelo.com o Reclamair.com se ofrecen para tramitar las reclamaciones que los pasajeros no quieren o no saben llevar a cabo. La comisión que cobran todas ellas es la misma: el 25% de la compensación que reciba de la aerolínea el afectado.
“Nosotros calculamos que al día casi 5.500 pasajeros en España podrían reclamar una compensación, pero menos de un 2% llega a hacerlo”, explica Carol Ortega, directora de marketing de Airhelp, empresa con sede en Hong Kong, aunque operativa en 17 países de todo el mundo, especializada en gestionar estos procesos. Presente en España desde enero de este año, la firma ya tramita unos 2.000 casos al mes. “El 50% de los que aceptamos acaban en vías judiciales, y en ese campo tenemos una tasa de éxito del 92%”, asegura Ortega.
La Unión Europea, que ha ordenado los derechos y deberes de las aerolíneas y ha fijado la cuantía de las multas a las que se deben someter en caso de falta, ha dado alas a un negocio floreciente. La mayoría de compañías del sector tienen aplicaciones de descarga gratuita con la que gestionar el proceso. El afectado solo tiene que introducir los datos del vuelo, la fecha y alguna justificación de compra del billete (normalmente el e-mail de validación). A partir de ahí, el portal de reclamaciones decide o no hacerse cargo del proceso.
Casos excepcionales sin compensación
La jurisprudencia europea es muy clara con los supuestos que tienen derecho a compensación, así como con la cantidad de esta. Pero también hay una serie de circunstancias extraordinarias que eliminan el derecho a percibir contraprestación económica pese a que se haya sufrido un gran retraso o se haya cancelado el vuelo.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establece cinco casos, según recoge en su web Reclamair: inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, riesgos para la seguridad, deficiencias inesperadas a la seguridad del vuelo y huelga.
Si el motivo de la incidencia no se encuadra en alguna de ellas, su reclamación tiene las de ganar.
Si ha habido retraso de tres horas o más, se ha cancelado el vuelo o no se ha dejado embarcar al pasajero por overbooking (las tres casuísticas más comunes), el usuario tiene las de ganar. Las compensaciones están fijadas de esta manera: para desplazamientos de hasta 1.500 km, la aerolínea deberá abonar 250 euros; si la distancia ha sido de entre 1.500 y 3.500 km, la cuantía se eleva a 400 euros; y en caso de que se superen los 3.500 km, entonces el afectado tiene derecho a 600 euros de compensación. Lógicamente, en caso de overbooking, a la percepción de la cantidad que corresponda se añade un billete nuevo.
“Nuestros clientes a menudo ya han empezado el proceso en el mismo aeropuerto, pero nos contactan porque no han recibido respuesta o han obtenido una negativa”, apunta Ortega. Las facilidades que ponen estas compañías, que se encargan del proceso hasta el final, y la claridad normativa aportada por la UE están haciendo que muchos afectados se animen a reclamar.