Un gobierno de las empresas más transparente y fiable
Con la entrada en vigor, el 1 de enero de 2015, de las últimas disposiciones de la Ley 31/2014, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo, y la aprobación en febrero pasado, por parte de la CNMV, del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas, España se sitúa al nivel de los estándares internacionales en la materia. Dicha regulación completa el conjunto normativo relacionado con las buenas prácticas en materia de gobierno corporativo que se han multiplicado a partir del inicio de la crisis financiera y cuyo objetivo es velar por el adecuado funcionamiento de los órganos de gobierno y administración de las empresas españolas, para hacerlas más competitivas y generar confianza y transparencia en los mercados.
España ha compartido históricamente con sus socios europeos la necesidad de que las sociedades, sobre todo las cotizadas y las entidades financieras, cuenten con un buen gobierno corporativo. Tras la publicación en 1992, en Reino Uni_do, del conocido como Código Cadbury, considerado el documento de referencia de todos los códigos de buen gobierno, en Europa se multiplicaron las iniciativas. En España surgieron, en 1998, el llamado Informe Olivencia, que sirvió de base para el que es considerado el primer código de buen gobierno en nuestro país; en 2003, el Informe Aldama; en 2006, el Código Unificado de Buen Gobierno, o Código Conthe, y, finalmente, con la llegada a la presidencia de la CNMV de Elvira Rodríguez se produce una actualización del Código Unificado en 2013 y se publica el nuevo Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas, de 24 de febrero de 2015.
Las propuestas de los partidos
PP: riesgos fiscales. Con el trabajo regulatorio de calado realizado durante esta legislatura, el PP exigirá que las empresas introduzcan en sus informes de auditoría una valoración de los riesgos fiscales.
PSOE: regulación prolija. Es el partido que plantea, de largo, más actuaciones sobre buen gobierno. Propone más control interno y hacer efectiva una cuota mínima del 40% de mujeres en los consejos.
Ciudadanos: comportamiento ético. Vigilará y denunciará las conductas de empresas, empresarios o directivos que, aunque no legalmente sancionables, no sean éticas o socialmente responsables.
Podemos: mujeres consejeras. La formación morada establecerá medidas de apoyo a la participación de la mujer en los consejos de administración similares a las de Francia o Alemania.
No obstante, en España, la primera aproximación a la regulación de los órganos de gobierno y control de las empresas fue la realizada por el Círculo de Empresarios, que publicó en 1995 Una propuesta de normas para un mejor funcionamiento de los consejos de administración. En este documento se formulan sugerencias que serán una constante en los códigos sucesivos. Y en su introducción se destacan dos claves del interés por regular los órganos de gobierno de las empresas: por un lado, la necesidad de responder a la alarma social de los casos de crisis empresariales y, por otro, la defensa de los intereses generales de las empresas y de todo el entorno que se ve afectado por ella (stakeholders).
- Privatizaciones
La ola privatizadora que se produjo en España desde 1984 con los Gobiernos socialistas de Felipe González y, sobre todo, con el Gobierno de José María Aznar a partir de 1996 “obligó a las empresas ahora privadas a adoptar estándares de gobierno corporativo y de transparencia si querían atraer a los inversores, sobre todo institucionales, fundamentalmente procedentes del mundo anglosajón. Porque las empresas no se regulan porque quieran ser mejores, sino porque, realmente, el que pone el dinero dice que hay que cumplir unos mínimos”, argumenta Gloria Hernández Aler, socia de regulación financiera de Deloitte.
“En la medida en que las compañías dejan de tener dueño y empiezan a estar más expuestas a los mercados, la necesidad de explicar cómo vas a preservar el valor de los que van a invertir en la compañía se hace mucho más importante”, abunda al respecto José Luis Blasco, socio responsable de gobierno, riesgo y cumplimiento de KPMG en España.
- Mirar al sector financiero
En España se ha optado por un equilibrio entre obligación normativa y voluntariedad, conforme al principio cumple o explica. La posibilidad de que ese balance se incline hacia el plano normativo dependerá de la observancia de las recomendaciones del Código de Buen Gobierno y de si se producen nuevos escándalos que eleven la alarma social, coinciden Hernández Aler y Blasco. “Esto ha pasado en el sector financiero, que tiene, hoy por hoy, en Europa, las normas de gobierno corporativo más exigentes”, señala el socio de KPMG. “Y es interesante mirar al sector financiero porque se encuentran muy buenas prácticas en cuanto a evaluación de los consejeros, el establecimiento de remuneraciones, la segregación de funciones...”, continúa.
“La ley siempre va detrás de la realidad, el siguiente escándalo nos hará ver que hay que regular otra cosa. La idea es ir subiendo el escalón de mejores estándares de buen gobierno vía código. Y cuando socialmente esté aceptado, será recogido en la ley, que es lo que ha pasado con el Código Conthe, que muchas de sus recomendaciones han sido transcritas en la Ley de Sociedades de Capital”, asegura la socia de Deloitte.
“Una de las virtudes que tiene el Código de Buen Gobierno de la CNMV es que nos va a dar una oportunidad durante los próximos años de poder ir adaptándonos de una manera más paulatina, de ir aprendiendo y de ir desarrollando las recomendaciones de forma prudente. Sin embargo, habría que pensar que algunas de ellas tienen más posibilidades de incorporarse a la regulación”, expone Blasco.
El equilibrio entre lo preceptivo y lo voluntario
El buen gobierno es percibido hoy como algo inherente a la estructura de toda corporación cotizada en Bolsa, cuyo cumplimiento es necesario para poder emitir y colocar en el mercado las acciones y las obligaciones de una empresa. La cuestión a debate es si estas buenas prácticas deben exigirse normativamente o debe darse a las compañías la facultad de adoptarlas voluntariamente.
El modelo tradicional de gobierno corporativo en España ha evolucionado en los últimos años, con la crisis financiera y económica, de un sistema basado fundamentalmente en recomendaciones a otro más sometido a normas legales.
El nuevo Código de Buen Gobierno permite, no obstante, un balance adecuado entre obligaciones normativas (fundamentalmente la Ley de Sociedades de Capital) y los aspectos sujetos a recomendación. Y esta evolución, que los expertos valoran positivamente, no debe hacer olvidar que todavía queda mucho por mejorar. Y tampoco que hoy los inversores identifican un gobierno corporativo deficiente con situación de riesgo y el buen gobierno, con un escenario de confianza. Por tanto, premiarán o penalizarán en función de si merece o no su confianza.
- Cumple o explica
Entre las recomendaciones que el nuevo Código de Buen Gobierno deja al principio de cumplir o explicar por qué no se hace son que los consejos de administración de las empresas estén conformados por entre 5 y 15 miembros, debiendo ser la mitad de ellos independientes, condición que no podrán mantener más de 12 años; a partir de 2020, al menos el 30% de los consejeros deben ser mujeres, y se deberá reunir al menos ocho veces al año. Además, introduce la figura del consejero independiente coordinador cuando el presidente del consejo es ejecutivo. También, la retribución variable se recomienda quede limitada a los consejeros ejecutivos, no pudiendo superar en cualquier caso en dos veces el salario fijo anual.
Según Gloria Hernández, de Deloitte, lo que pretende la última regulación es evitar consejos de administración que tengan una unidad de criterio. Lo que se ha observado con la crisis es que los consejos tienen que ser más activos. “Se está viendo una auténtica profesionalización del consejo de administración y ello requiere que sean capaces de dar distintos puntos de vista. En este sentido, que haya más mujeres puede aportar una perspectiva distinta. Lo que se busca es una diversidad en los consejos para que realmente no haya una unidad de criterio”, explica Hernández Aler.
La socia de Deloitte llama la atención sobre el hecho de aunque cada vez hay más mujeres, estas son independientes. “Lo realmente bueno es que hubiera consejeras ejecutivas en los consejos”.
- Mejores frenos
Otro aspecto relevante del nuevo Código de Buen Gobierno es el papel de la auditoría interna. Este recoge recomendaciones dirigidas a reforzar el papel en la supervisión de los sistemas de control y gestión de riesgos de las organizaciones, puesto que se amplían las funciones de la comisión de auditoría y se establecen criterios adicionales sobre su composición que refuercen su especialización e independencia.
José Luis Blasco, de KPMG, resume las funciones de los consejos de administración en dos: pisar el acelerador y tener claro con qué tipo de frenos quiere contar. “Los consejos han estado centrados en pisar el acelerador, pero para ir más deprisa no necesitas tener más frenos, sino mejores frenos”, explica. “Es en los frenos donde creemos que algunas de las cuestiones que ahora están en el código pasarán a la regulación antes que los aceleradores. Frenos como la función de la auditoría interna o los gestores de cumplimiento”.
Ernesto Martínez, presidente del Instituto de Auditores Internos de España (IAI), asegura que las nuevas normativas ponen en valor la profesión de auditor interno, incrementan sus funciones y les asignan importantes responsabilidades de supervisión de los sistemas de control y gestión de riesgos: “De esta forma, la auditoría interna queda reforzada como función clave de buen gobierno, como apoyo fundamental al comité de auditoría y al consejo de administración”.
Como apuntaba ya el documento del Círculo de Empresarios de 1995, “la salud económica de un país depende estrechamente de la competitividad de sus empresas y esta, a su vez, está fuertemente condicionada por el buen funcionamiento de sus órganos de gobierno y control”.