Luz verde a la ley que revelará a los morosos con Hacienda
Incluirá a las empresas y particulares con deudas superiores a un millón de euros No figurarán los nombres de las personas con deudas aplazadas o suspendidas
El pleno del Congreso ha aprobado definitivamente la reforma de la Ley General Tributaria que, junto con la nueva normativa para publicar sentencias condenatorias de fraude fiscal, reforzará la acción de lucha contra el fraude tributario mediante la publicación de listados de morosos con la Hacienda pública. En este último trámite solo se han incorporado tres enmiendas de carácter técnico que no han satisfecho a la oposición, que mantuvo su rechazo al texto.
Pacto con Canarias respecto al ITE
El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, y el presidente canario, Fernando Clavijo, anunciaron que Canarias no tendrá que compensar al Estado por el Impuesto sobre el Tráfico de Empresas (ITE) a partir del 1 de enero de 2016.
Tras mantener una reunión de hora y media, Clavijo informó que el acuerdo para que Canarias no tenga que compensar al Estado por el ITE se aprobará en una reunión de la Comisión Mixta de Transferencias que se celebrará a finales de octubre. También explicó que Canarias tenía la obligación de devolver el próximo 1 de enero 193 millones de euros (160 correspondiente a 2015 más otros 33 de una devolución aplazada de años anteriores). “En la Comisión Mixta se verá cómo sin afectar a la contabilidad nacional se evita el abono de la totalidad de dicha cantidad o una parte de esos 193 millones”, apuntó. El presidente canario también avanzó que el Ministerio de Hacienda mostró su voluntad de que se aproximen a la cantidad de 123,3 millones de euros, aunque subrayó que “la cantidad no está cerrada” y que se trataba de una primera estimación.
El principal cambio que se han introducido en el paso por el Senado establece precisamente una salvedad en el contenido de esta lista. En virtud del deber de secreto que rige la gestión de la información tributaria, no se incluirá el nombre de aquellos que, aún debiendo un millón de euros, tengan deudas aplazadas o suspendidas.
El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, ya ha confirmado que su intención es hacer pública esa lista en el cuarto trimestre de este año, incluyendo a quienes incurrían en dichas circunstancias a 31 de julio de 2015. Frente a una posición más radical, el Ejecutivo ha ido suavizando su postura frente a estos deudores e incluso estableció en la primera mitad de un año un período de gracia para que su nombre no se hiciera público. De esta forma aquellos declarantes con deudas superiores al millón de euros podían evitar que su nombre fuera público, siempre y cuando atendieran al requerimiento de Hacienda y saldaran la deuda.
Posteriormente, en el primer semestre de cada año natural se publicará un listado con aquellos que estén en dicha circunstancia en el 31 de diciembre del año previo. Entre los cambios, sin embargo, no se ha incluido, tal y como reclamaban PSOE o Izquierda Plural, que se pueda conocer el nombre de aquellos contribuyentes que se acogieron a la amnistía fiscal de 2012.
En un comunicado, los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) consideran que la lista de morosos solo informará de las deudas impagadas por las medianas empresas abocadas a la insolvencia, pero no incluirá los nombres de los mayores defraudadores, entre ellos los incluidos en la Lista Falciani (un listado con 130.000 evasores fiscales con cuentas no declaradas en Suiza).
Asimismo consideran que la publicación de la lista no reducirá la deuda acumulada por la Agencia Tributaria, superior a 50.000 millones pendientes de cobro, y piden que la publicación de la lista se complete con los nombres que tienen mayor responsabilidad en la elusión y defraudación fiscal para combatir la economía sumergida de una manera más efectiva.
Los Presupuestos pasan al Senado
El Pleno del Congreso también finiquitó ayer el debate del proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016 con la tramitación de las enmiendas vinculadas a los Ministerios de Educación, Interior y Sanidad. En la Cámara Alta, el Presupuesto se verá sometido al mismo proceso, con comparecencias de altos cargos, debate de totalidad y de las enmiendas parciales, intervenciones de los ministros y aprobación. Todas las actuaciones se tendrán que ajustar al calendario diseñado por el Ejecutivo para que las cuentas públicas puedan ser ratificadas en el Congreso a mediados de octubre, justo antes de se disuelvan las Cortes por la convocatoria de elecciones generales.
Detalles de la nueva norma
Inspección: Hasta ayer, los funcionarios de la Agencia Tributaria contaban con 12 meses para cerrar sus inspecciones. De forma excepcional y solo sobre determinadas circunstancias, ese plazo podía verse ampliado otros 12 meses e incluso 15 meses para los casos más complejos, tal y como venían reclamando desde hace tiempo los inspectores. A cambio se limitan las causas para suspender o dilatar un proceso
Prescripción: Un primer borrador de la norma establecía que la Agencia Tributaria dispondría de un tiempo ilimitado para realizar comprobaciones e investigaciones. Un punto que indignó a los asesores fiscales y que posteriormente fue suavizado fijando un plazo máximo de diez años para la prescripción de las comprobaciones de deducciones o bases imponibles negativas compensadas o pendientes de aplicar.
Infracciones: El texto introduce una nueva infracción tributaria grave, heredera del antiguo fraude de ley, que sancionará la obtención de ahorros fiscales mediante actos ya declarados de conflicto en la aplicación de la norma tributaria, si bien sólo se podrá sancionar en los casos ya calificados previamente como abusivos por la Administración y en donde se haya dado reiteración. Los asesores advierten que la norma no es clara y generará litigiosidad.
Responsabilidad: Otro aspecto polémico que finalmente no ha sido incluido en la norma era la prohibición de solicitar la responsabilidad patrimonial del Estado siempre que una norma tributaria fuera declarada contraria a derecho comuntiria. De haberse aprobado, los transportistas no podrían haber reclamado la devolución del céntimo sanitario.
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