Quién, cómo y cuándo presentar los libros de cuentas anuales
Toda actividad empresarial debe presentar el libro de cuentas en el que se detallen los ingresos y los gastos de la empresa.Se pueden presentar vía telemática, en formato CD o DVD o en persona. También existen en mercado aplicaciones que lo realizan y depositan por el empresario.
Todas las actividades empresariales deben tener un libro de cuentas en el que se detallen los gatos e ingresos de la actividad empresarial. Este libro de cuentas anuales deberán presentarlo las Sociedades Anónimas, las Sociedades de Responsabilidad Limitada, las comanditaria por acciones, de garantía recíproca, así como las personas con fondos de pensiones, y , en general, cualquier empresario que esté obligado a publicar sus cuentas anuales.
Cuándo presentar el libro de cuentas
Los empresarios deben presentar este libro en el Registro Mercantil que les corresponda dentro del mes siguiente a la aprobación por parte de la Junta. El cómputo se recoge de mes a mes, es decir, si la junta es un 1 de julio, el último día será el 1 de agosto. La forma de presentación del libro de cuentas puede ser personalmente en soporte papel, en un CD o en un DVD en un archivo .zip, o a través de la vía telemática.
Aplicaciones que presentan y depositan el libro
En cualquier caso, la presentación de las cuentas anuales es obligatoria para todas las empresas. Para facilitar este proceso, existen en el mercado determinadas aplicaciones, como Sage Contaplus Flex, que realizan directamente la presentación y el depósito de las cuentas anuales. Una solución a la que cada vez se recurre más, no sólo para no tener que hacer lo el empresario, sino también para evitar errores.
Envíos por vía telemática
En caso de que la presentación sea a través de la vía telemática se deben tener en cuenta una serie de especificaciones:
- Si la recepción del envío es en día laborable entra las 9:00 y las 17:00 horas, se presentará a la hora de su recepción.
- Si la recepción del envío se produce entre las 17:00 y las 20:59 horas de un día laborable, se presentará a las 9:00 del siguiente día hábil.
- Si la recepción se produce en un día festivo, se presenta en el siguiente día hábil, a las 9:00 horas.
Además, existe una excepción en la que se dicta que los envíos telemáticos realizados antes de las 00:00 horas del día 30 de julio, se consideraran presentados dentro del mismo día del envío.