Cómo evitar que nos engañen al abrir una franquicia
A la hora de poner en marcha un negocio, la franquicia es un modelo que se está extendiendo en los últimos años. Sin embargo, se debe hacer una inversión inicial, por lo que se deben tener en cuenta una serie de precauciones para no perder esa inversión. Hay franquicias que no son del todo fiables. ¿Cómo evitarlas?
La franquicia se está convirtiendo en uno de los modelos de negocio preferidos para emprender. Poner en marcha una franquicia consolidada puede ser una buena opción de negocio, sin embargo, se debe tener especial atención y cuidado con aquellas que no tienen su hueco en el mercado.
Precauciones a tener en cuenta
Existen determinadas franquicias que no están consolidadas y puede que la inversión inicial realizada por el emprendedor se pierda. Cuando se pone en marcha una franquicia se debe pagar un canon de entrada, por lo que antes de hacer esta inversión se deben considerar una serie de aspectos. Según informa el portal Juristt, estas son las precauciones a tomar:
- Comprobar que la empresa franquiciadora es la titular de la marca o nombre comercial que se va a incluir en el contrato de la franquicia. Esta información está disponible en la web de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
- Es necesario comprobar también que la empresa franquiciadora con la que se pretende firmar el contrato cumple con la legalidad vigente y está inscrita en el registro público oficial de franquiciadores. Para ello, se puede acceder a la web del registro de franquiciadores, dentro del comercio interior.
Régimen de franquicia: derechos y obligaciones
Por otro lado, se debe tener en cuenta la regulación del régimen de franquicia, para conocer también los derechos y obligaciones de los franquiciadores y franquiciados:
- En primer lugar, una actividad comercial en régimen de franquicia es aquella que se realiza en virtud de un contrato por el que la empresa franquiciadora cede a la franquiciada el derecho de explotación de su sistema de comercialización de productos o servicios.
- Aquellas personas, físicas o jurídicas, que pretendan desarrollar en España la actividad de franquiciadores deberán inscribirse en el Registro que pueden establecer las Administraciones competentes.
- Por último, con un mínimo de veinte días antes a la firma del contrato o del pago del futuro franquiciado al franquiciador, éste el franquiciador deberá haber entregado al futuro franquiciado, por escrito, la información necesaria para que pueda decidir libremente y con conocimiento de causa su incorporación a la red de franquicia. Especialmente son importantes los datos de de identificación del franquiciador, descripción del sector de actividad del negocio objeto de franquicia, contenido y características de la franquicia y de su explotación, estructura y extensión de la red y elementos esenciales del acuerdo de franquicia.