Autónomos: calendario fiscal y algunas novedades para 2015
Llega la campaña de la renta 2014, que se paga entre abril y junio de 2015. Se acerca el momento de rendir cuentas con Hacienda, incluidos quienes ejercen una actividad por su cuenta. Los autónomos tienen una serie de citas con el fisco que este año, además, incluyen algunas novedades.
IRPF
Declaración trimestral de IRPF [hasta el 20 de abril, 20 de julio y 20 octubre]
- Modelo 130 si tributa por estimación directa.
- Modelo 131 si tributa por módulos.
- Modelo 130 si tributa por estimación directa.
- Modelo 131 si tributa por módulos.
- Por un lado, se suprime la deducción de la cuota líquida del impuesto de hasta 400 euros anuales aplicable a los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo o de actividades económicas.
- También con efectos desde el 1 de enero, se ha introducido una nueva deducción del rendimiento neto a efectos del cálculo del pago fraccionado trimestral para contribuyentes que desarrollen actividades económicas cuando los rendimientos netos en el ejercicio anterior hayan sido inferiores a 12.000 euros.
Declaración anual de IRPF [hasta el 30 de junio]. La declaración de la renta de los trabajadores autónomos tiene sus peculiaridades respecto a la de trabajadores asalariados. Los autónomos no pueden obtener borrador, ya que desde Hacienda no se puede calcular sus ingresos. Pero sí pueden pedir sus datos fiscales. Modelo D-100.
Borrador y declaración anual 2014 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta: modelos D-100 y D-714.
Declaración trimestral de IVA [Hasta el 20 de abril, 20 de julio y 20 de octubre]
Modelo 303
El BOE del 19 de diciembre de 2014 recoge el nuevo modelo 303 que incluye algunos cambios técnicos así como la eliminación de la obligación de presentar el Modelo 390 a Arrendadores de inmuebles urbanos con el requisito de que tributen exclusivamente en territorio común. Esta exoneración queda condicionada a la necesaria cumplimentación de casillas adicionales en la declaración correspondiente al último periodo de liquidación, por lo que se modifica el modelo 303.
Declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta [Hasta el 20 de abril, 20 de julio y 20 de octubre]
Para el caso de autónomos que hayan efectuado estas retenciones e ingresos a cuenta. Las más habituales son las retenciones por IRPF a trabajadores en nómina.