Llueve sobre mojado
Una verdadera ciclogénesis explosiva ha venido arrasando en los últimos tiempos la credibilidad del sistema de contratación administrativa español, mermándola aún más. Hace unos meses salía a la luz la operación Púnica, destinada a poner fin al pago de mordidas a cambio de contratos. Este 2015 no ha empezado mejor, pues hace tan solo unos días la CNMC imponía una multa conjunta de 98,2 millones de euros a las grandes empresas prestadoras de los servicios de basuras a los ayuntamientos españoles, por repartirse ese negocio.
Nuestra legislación es la propia de un país desarrollado y miembro de la OCDE. Durante los últimos 30 años se ha realizado una ingente labor legislativa para adaptar los procesos de contratación a las exigencias de la UE. Todos los procedimientos para la elección de la “propuesta económicamente más ventajosa” se han ido perfeccionando con el objetivo de homogeneizar en gran medida el conjunto normativo a las legislaciones europeas más avanzadas.
¿Funcionan las fórmulas importadas de Europa en España? El paraguas legal del que disfrutan las Administraciones públicas para evitar el fraude se muestra eficaz y se han erradicado la gran mayoría de las prácticas fraudulentas del pasado. Hoy en día es casi imposible defraudar a la Administración en un proceso de licitación y prueba de ello es que se tramitan millones de procedimientos de contratación que se resuelven de forma muy satisfactoria.
El problema en Europa ha sido siempre el mismo y se plantea por la necesidad de prestar a las mesas de contratación la flexibilidad necesaria para escoger la mejor oferta, evitando a toda costa automatismos en la adjudicación (que tantos problemas trajeron en el pasado). Se desecharon definitivamente fórmulas para adjudicar los contratos de forma automáticamente a la oferta más barata por haberse mostrado paradójicamente la fórmula para sufrir la propuesta más cara e ineficiente. Muchas veces es necesario establecer en el pliego criterios de valoración subjetiva de aspectos del proyecto para poder calificar a las mejores ofertas.
Aunque en esa necesidad de flexibilidad reside la debilidad de los cimientos de las estructuras legales de la contratación administrativa en todos los países, en circunstancias normales los controles articulados legalmente dentro de los propios órganos de contratación funcionan.
¿Cuál es entonces el problema de España? No existe regulación en todo el mundo preparada para poder soportar una corrupción sistémica. La tormenta perfecta que arrasa todos los controles posibles se funda en la corrupción política. Es muy difícil tejer un entramado legal eficaz en las situaciones normales que no sea débil y endeble frente al tsunami de la corrupción.
Las medidas de contención que podrían mitigar esta catástrofe no pasan, desde mi punto de vista, por acometer la enésima reforma de una legislación que está consolidada y es eficaz en situaciones normales.
Si realmente somos conscientes del peligro que nos acecha deberíamos realizar actuaciones urgentes en el ámbito de la administración de justicia para cimentar el sistema mediante controles judiciales efectivos en los procesos de adjudicación.
Creo que la regeneración de nuestro sistema político pasa, en lo referente a la contratación administrativa, por adoptar medidas efectivas, como crear una fiscalía especial para delitos de contratación administrativa, que tuviese la autonomía y medios suficientes para poder encontrar los focos de corrupción rastreando en un océano de licitaciones.
Es necesaria también una fiscalización mayor de los grandes procesos de contratación, que son aquellos cuyo acceso está más restringido a la libre competencia, ya que el acceso a estas macrolicitaciones está reservado, de hecho, a unas pocas empresas por las dificultad técnica de los proyectos o por los requisitos financieros de estos contratos administrativos.
Alejandro Vidaller es Abogado ‘Of Counsel’ de Derecho Administrativo de JAUSAS