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Estrategias eficientes en el rescate de planes de pensiones

El rescate de planes de pensiones tributa como renta de trabajo en la parte cara del impuesto (base general), excepto cuando se recupera el dinero aportado antes del 2006 en forma de capital, que goza de una reducción del 40%. Aunque desde el 1 de enero de este año esta ventaja tiene un límite temporal.

El importe rescatado se suma al resto de rentas que perciban los inversores en el ejercicio (alquileres, pensión de la Seguridad Social…) y tributa a un tipo de entre el 20% y el 47% en 2015 y entre el 19% y el 45% a partir de 2016.

En el momento de la aportación te deduces la misma en el IRPF. Por eso, en el rescate, tributa como renta del trabajo, difiriendo, por tanto, los impuestos al momento final.

Si, además, el tipo impositivo en el momento de la aportación es superior al del momento del rescate, el beneficio fiscal será incluso superior. Deberíamos estudiar cuándo conviene rescatarlo y la mejor manera de hacerlo para minimizar el impacto fiscal (en forma de capital, renta, mixta o libre).

A lo largo de las próximas semanas les iremos comentando las siguientes estrategias que pueden disminuir el impacto fiscal del rescate:

-En igualdad de rentas, y siempre que el inversor pueda esperar, conviene rescatar en 2016 en lugar de en 2015.

-El rescate por paro de larga duración mientras se tiene suscrito un convenio especial con la Seguridad Social puede tener un impacto fiscal muy limitado.

-Siempre que sea posible y beneficioso para el inversor, acogerse a la reducción del 40%.

-Ajustar el rescate a las rentas exentas.

*Paula Satrústegui, directora de Planificación financiera en Abante.

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