_
_
_
_
_
En 2013 se retiraron 462 millones por desempleo

¿Cuándo puedo rescatar mi dinero?

A los supuestos extraordinarios de desempleo, enfermedad o riesgo de desahucio, se suma ahora el poder cobrar nuestro plan de pensiones pasados diez años.

Mientras que hay inversores que buscan sacar un rendimiento rápido, incluso inmediato, a su dinero, cuando uno se pone a ahorrar para la jubilación lo hace a medio o largo plazo, guardándolo poco a poco para poderlo disfrutar un tiempo después. ¿Y cuál es la mejor manera de tener ahorros para cuando seamos mayores? No poder tocarlos.

Precisamente la falta de disponibilidad o liquidez de nuestro ahorro es una de las características básicas de los planes de pensiones. No podremos disponer del dinero que meta en ellos salvo en circunstancias muy concretas. Los casos más habituales son llegar a la edad de jubilación, fallecimiento del participe o beneficiario, invalidez laboral total y permanente o situación de dependencia severa o gran dependencia. Pero hay otros supuestos extraordinarios que hay que tener muy en cuenta.

Un caso muy utilizado debido a la crisis económica que aún nos afecta es el encontrarnos sin trabajo. Antes era necesario que la situación de desempleo fuera de larga duración pero hoy en día es suficiente con acreditar estar en paro, no tener derecho a prestaciones por desempleo o haberlas agotado y estar inscrito como demandante de empleo en el servicio público correspondiente.En el caso de los trabajadores autónomos, basta con haber cursado baja en su actividad y cumplir el segundo y tercer requisito. En 2013 se retiraron un total de 462 millones de euros por esta causa, mientras que en el 2007, año que comenzó la crisis, solo se rescataron 44,2 millones de euros, según datos ofrecidos por Inverco.

También si sufrimos una enfermedad grave tenemos derecho a acceder a nuestro ahorro.Depende de cómo esté contemplado en nuestro contrato, asimismo podremos recuperar nuestro dinero en caso de que la enfermedad sea de algún familiar directo.

Y desde mayo de 2013 puedo utilizar el dinero de mi plan de pensiones si con él es suficiente para evitar el desalojo y no tenga otros bienes para satisfacer la deuda. Este supuesto es de carácter transitorio ya que, si no hay cambios, dejará de tener vigencia en mayo de 2015.

Además, a estos supuestos extraordinarios se suma desde el próximo 1 de enero la posibilidad de rescatar nuestro plan cumplidos diez años. Es decir, que el 1 de enero de 2015 quienes lleven ahorrando más de una década podrán cobrar su plan, si así lo desean. Esta ventana de liquidez era una reivindicación tradicional del sector, consciente de que no poder rescatar el dinero si a alguien le hacía falta es una de las claras ventajas de este producto respecto a otros utilizados por inversores.

Archivado En

_
_