El Constitucional tumba la ley catalana de horarios comerciales
El Ejecutivo ha ganado la primera batalla que había librado con el Ejecutivo de Artur Mas por la liberalización de horarios comerciales. En julio de 2012, el Ejecutivo presentó a las comunidades autónomas su propuesta de liberalización en España, que pasaba por elevar de 72 a 90 horas el mínimo que debían abrir los establecimientos comerciales; elevar de 8 a 10 el número de festivos y domingos y al mismo tiempo estableció la obligatoriedad de que catorce grandes ciudades (entre ellas Barcelona), elegidas por su población, las pernoctaciones o el número de cruceristas.
Propuestas que iban justamente en contra de la postura catalana en materia de comercio, marcada por la defensa del pequeño establecimiento frente a la gran superficie. Por ello, la Administración Catalana empezó a diseñar una norma autonómica que blindara su política comercial frente al Ejecutivo central. Esta norma vio la luz en febrero de 2014 con los votos a favor de CiU, ERC, PSC e ICV, en el que tan solo se tuvo en consideración el incremento de ocho a diez festivos de apertura, la posibilidad de que los comercios incluyeran una zona de outlet y que los sectores afectados por las decisiones estatales pudieran emitir dictámenes no vinculantes.
El desafío estatal fue contestado con una norma autonómica que obviaba el mínimo de horas que se podía abrir y la obligatoriedad de abrir zonas de gran afluencia turística. La ley impulsada desde Cataluña también establecía nuevas limitaciones a la norma estatal, ya que limitaba a 150 metros la superficie a partir de la cual los comercios tenían libertad absoluta (la estatal marcaba un suelo de 300) y a dos los períodos autorizados de rebajas (sin límite en la estatal).
Todo ello llevó al Estado a recurrir al Constitucional la ley catalana de horarios comercial, que queda en suspenso a partir de hoy tras la decisión del Tribunal.