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Los tres pasos que debe seguir

Qué debe hacer un autónomo para beneficiarse de la rebaja de retención

Un repartidor autónomo.
Un repartidor autónomo.

Los autónomos que el año 2013 obtuvieron rendimientos salariales inferiores a 15.000 euros pueden desde el pasado 5 de julio fijar una retención en el IRPF del 15% en sus facturas frente al 21% vigente. Se adelanta así la reducción del 21% al 15% para los profesionales con ingresos inferiores a esos 15.000 euros, de manera que que tenga efectos inmediatos, sin tener que esperar a enero de 2015. Para la aplicación del tipo de retención del 15%, el profesional deberá cumplir una serie de requisitos.

Primero, comunicar al pagador de los rendimientos la concurrencia de dicha circunstancia, quedando obligado el pagador a conservar la comunicación debidamente firmada.

La comunicación deberá incluir los datos del profesional, NIF y domicilio fiscal y redactar una declaración de que efectivamente reúne los requisitos para poder aplicar un tipo reducido del 15%.

Segundo, el Boletín Oficial del Estado ha publicado una modificación en el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF. En concreto, dentro de las subclaves ha de introducirse una específica "cuando se trate de percepciones a las que resulte aplicable el tipo de retención específico establecido en la disposición adicional cuadragésima de la Ley del Impuesto", para los rendimientos satisfechos a contribuyentes que desarrollen actividades profesionales "cuando el volumen de rendimientos íntegros de tales actividades correspondientes al ejercicio inmediato anterior sea inferior a 15.000 euros y represente más del 75 % de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio".

Esta subclave se añade en la descripción del campo del registro tipo 2 correpondiente a las posiciobes 79-80.

Hay que tener en cuenta que el profesional podrá, aunque reúna los requisitos, seguir soportando retención del 21%.

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