Las antiguas cajas deberán reservar el 50% del dividendo cobrado de sus bancos
El Banco de España ha publicado hoy el proyecto de circular sobre fundaciones bancarias, que desarrolla la reforma de la ley de las cajas de ahorros. Dicha ley establece que las fundaciones bancarias que posean una participación del 30% en el capital de un banco deberán remitir al Banco de España un plan financiero anual. Además, las fundaciones bancarias, ahora la figura jurídica en que se han reconvertido las cajas que transformaron su actividad financiera en un banco, deberán constituir un fondo de reserva para hacer frente a posibles necesidades de recursos propios cuando su participación en el banco al que volcaron su negocio sea igual o superior al 50%. En definitiva, una situación en la que se encuentran las fundaciones que controlan Kutxabank, CaixaBank, Unicaja, Liberbank o Ibercaja.
El proyecto de circular publicado hoy establece que ese fondo de reserva obligatorio no podrá ser inferior al 0,5% de los activos ponderados por riesgo de la entidad de crédito participada, es decir, del banco participado. Y para su fijación concreta, se establece un baremo que varía en función del ratio de solvencia del banco participado, de modo que a menor ratio de capital, mayor es el porcentaje sobre el volumen de activos ponderados por riesgos que deberá aplicarse para calcular la cuantía del fondo de reserva.
Así, si la entidad participada tiene una solvencia inferior al 10%, el fondo de reserva de la fundación representará el 1,75% de los activos ponderados por riesgo del banco. El porcentaje se va reduciendo en 25 puntos básicos a medida que aumenta la solvencia de la entidad, de modo que si es mayor del 13%, bastará con que el fondo de reserva represente el 0,75% de los activos ponderados por riesgo. Para aquellas fundaciones accionistas de un banco cotizado los requisitos para el fondo de reserva serán ligeramente inferiores, en un 0,5%, siempre que el porcentaje de acciones en circulación sea superior al 25% del capital del banco. Una situación en la que se encontraría La Caixa, que participa en CaixaBank a través de Criteria, o Liberbank, pero no así el resto de fundaciones puesto que ni Ibercaja ni Kutxabank o Unicaja cotizan en Bolsa, aunque han anunciado su posible salida en 2015.
Se establece un plazo máximo de cinco años para su completa constitución, “desde la entrada en vigor de esta circular o desde la constitución de la fundación bancaria si tuviera lugar con posterioridad”. Si bien el texto advierte que, “en todo caso, hasta alcanzar el volumen objetivo requerido, la fundación bancaria deberá destinar al fondo de reserva al menos un 50% del importe recibido de la entidad de crédito participada en concepto de reparto de dividendos en efectivo”. Es decir, que deberán destinar a ese fondo al menos la mitad del dividendo cobrado como entidad matriz del banco.
Sin embargo, las fundaciones no tendrán que crear fondo de reserva si presentan un plan de desinversión detallado para reducir su participación en el banco por debajo del 50% en el plazo máximo de 5 años. Deberán por tanto sopesar si renuncian a esa participación, que en algunos casos supondría la venta de un porcentaje significativo, o si asumen el coste de dotar el fondo de reserva.
El Banco de España apunta además que podrá exigir un volumen objetivo del fondo de reserva más elevado, cuando a la vista del plan financiero o de cualquier otra información de que disponga, “estime que se puedan producir necesidades adicionales de recursos propios de la entidad de crédito participada”.
El sector valora positivamente la circular
La publicación del proyecto de circular sobre fundaciones bancarias era esperada por el sector desde hace ya semanas. Era una de las exigencias del BCE y del FMI para dar por concluida la reforma de las ya ex cajas de ahorros solventes convertidas ahora en bancos. Según una primera valoración de la CECA, patronal del sector presidida por Isidro Fainé, el proyecto de circular es positiva. “Consideramos positivos los avances en la implementación de la reforma del régimen jurídico de las cajas de ahorros, que ha sido impulsada por el propio sector, a raíz de las diferentes recomendaciones de organismos internacionales”, explica la CECA. Y añade que esta circular es de carácter técnico, al desarrollar los aspectos indicados en la Ley 26/2013 de cajas de ahorros y fundaciones bancarias.
Por ello, considera que esta norma merece la misma “valoración” que la ley, “dado que son normas conexas que responden a un mismo objetivo. Valoramos positivamente la doble fórmula que se ofrece a las fundaciones bancarias: la dotación de un fondo de reserva o la aprobación de un plan de desinversión”, explica la patronal que ha participado muy de cerca en el desarrollo también de la circular. Este proyecto estará en periodo de consulta hasta el próximo 18 de noviembre. Hasta entonces la CECA y las fundaciones bancarias analizaran “los aspectos técnicos y elaboraremos un informe de respuesta de manera que sigamos contribuyendo al perfeccionamiento del nuevo régimen jurídico del sector”, explican en el sector. La futura circular está dividida en dos grandes bloques, uno en el que se establecen los requisitos de gobierno corporativo y remuneraciones de las cajas (solo quedan dos Caixa Pollensa y Caixa Ontinyent); y otro más amplio e interesante en el que se desarrollan las obligaciones de las fundaciones bancarias.