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Relevo en la Corona española

El Rey abdica: cómo será y cuánto durará el proceso para que Felipe reine

GRA086. MADRID, 03/06/2014.- El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy (c), ha presidido esta mañana, en el Palacio de la Moncloa, un Consejo de Ministros extraordinario para aprobar la ley orgánica que hará efectiva la abdicación del Rey, cuyo trámite parlamentario comenzará por la tarde en el Congreso cuando la Mesa de la Cámara Baja lo califique. EFE/Paco Campos
GRA086. MADRID, 03/06/2014.- El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy (c), ha presidido esta mañana, en el Palacio de la Moncloa, un Consejo de Ministros extraordinario para aprobar la ley orgánica que hará efectiva la abdicación del Rey, cuyo trámite parlamentario comenzará por la tarde en el Congreso cuando la Mesa de la Cámara Baja lo califique. EFE/Paco CamposPaco Campos (EFE)

El  proyecto de Ley Orgánica aprobado este martes por el Consejo de Ministros para regular la abdicación del rey Juan Carlos en su hijo, el príncipe Felipe, está compuesto por un "artículo único" en el que sólo se recoge la renuncia del Monarca y su entrada en vigor desde el momento en que se publique en el BOE.

El texto,  fue aprobado en una sesión extraordinaria del Consejo de Ministros, convocado expresamente después de que el Rey anunciara de abandonar el trono en favor del Príncipe de Asturias. El artículo único del proyecto de Ley Orgánica, que necesita la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados y del Senado para ser aprobado, establece en un primer punto que "S. M. el Rey Juan Carlos I de Borbón abdica la Corona de España" y en un segundo punto que "la abdicación será efectiva en el momento de entrada en vigor de la presente ley orgánica".

Asimismo, incluye una disposición final en la que se establece que "la presente ley entrará en vigor en el momento de su publicación en el Boletín Oficial del Estado". El proyecto de Ley Orgánica contiene una exposición de motivos en la que se relata que el Rey puso su decisión de abdicar en conocimiento de los presidentes del Congreso de los Diputados y del Senado y el presidente del Gobierno.

Recuerda que el artículo 57.5 de la Constitución Española dispone que “las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica”. Asegura que este precepto sigue los "precedentes históricos del constitucionalismo español", que en los textos fundamentales de 1845, 1869 y 1876 y, con variaciones, en otros precedentes, ya reservaban al poder legislativo la solución de las cuestiones a que diera lugar la sucesión así como la autorización de la abdicación, incluso mediante una ley especial para cada caso. "

Si bien la Constitución en vigor no utiliza éste último término, los citados antecedentes y el mandato del artículo 57 de que el acto regio sea resuelto por una ley orgánica hacen que sea éste el instrumento legal idóneo para regular la efectividad de la decisión", argumenta el texto. Finalmente, establece que la sucesión en la Corona de España debe producirse "de forma automática, siguiendo el orden previsto en la Constitución", por lo que el actual Príncipe de Asturias, Felipe de Borbón, asumirá el trono en lugar de su padre.

El presidente del Congreso, Jesús Posada, calcula que la ley orgánica estará definitivamente aprobada el próximo 18 de junio. Para entonces, ha dicho, “puede estar todo resuelto” para la proclamación de Felipe VI si bien “todavía no hay nada decidido”, ha apuntado.

Fuentes del Gobierno señalaron, sin embargo, que la norma que se prepara se limitará a regular el proceso de abdicación por el que don Juan Carlos quiere dejar el trono a su hijo, el príncipe Felipe. De este modo, el presidente del Ejecutivo, Mariano Rajoy, reunirá hoy de forma extraordinaria el Consejo de Ministros para iniciar los trámites y confía en que en un “plazo muy breve” las Cortes puedan proceder a la proclamación del Príncipe de Asturias como Rey.

¿Cuánto se puede demorar ese proceso? Fuentes parlamentarias aseguraron ayer a Efe que los letrados del Congreso están ya estudiando los detalles del proceso de sucesión. Para que sea efectiva, es necesaria la aprobación por las Cortes de la citada ley orgánica que defina los términos de la sucesión a la Corona.

Cuestiones como el procedimiento de comunicación a las Cortes Generales, la necesidad de autorización parlamentaria previa, la posibilidad de una negativa de las Cámaras o el refrendo del acto de abdicación son aquellas que tendrá que resolver la ley orgánica que está previsto que apruebe hoy el Consejo de Ministros.

Una vez que el Ejecutivo dé luz verde al texto, este deberá recibir el visto bueno de la Mesa del Congreso, que abrirá un plazo para que los grupos parlamentarios presenten enmiendas. Las leyes orgánicas, aquellas relativas al desarrollo de los derechos fundamentales o la Corona, necesitan de la mayoría absoluta del Congreso para ser aprobadas, en una votación final sobre el conjunto del texto. Una vez que la norma obtenga el visto bueno de la Cámara baja (la votación se podría celebrar el próximo 12 de junio), pasará al Senado y, si este no introduce modificaciones, quedará aprobada definitivamente.

Las fuentes consultadas han indicado a Efe que los plazos pueden ser muy breves y en poco más de una semana la ley podría estar definitivamente aprobada, con lo que la abdicación del Rey sería efectiva. No obstante, todo depende de los ritmos que marquen la Casa del Rey, el Gobierno y los grupos parlamentarios.

En ese momento, y una vez que la ley orgánica quede publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se activará el mecanismo constitucional de sucesión de la Corona. El príncipe Felipe será proclamado Rey ante las Cortes Generales reunidas en el Congreso.

Tampoco hay fecha para ese momento, aunque lo previsible es que coincida con la publicación en el BOE de la abdicación del Rey o, como mucho, se produzca en los días posteriores, ya que de lo contrario habría que nombrar una Regencia que recaería también en el Príncipe de Asturias, según indicaron las fuentes consultadas. En ese acto solemne, que el Congreso ya ha comenzado a perfilar, Felipe VI prestará juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución española y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las autonomías, según reza el artículo 61 de la Constitución.

Si se cumplen las previsiones, la coronación se celebrará en el salón de plenos del Congreso ante diputados y senadores y las altas instituciones del Estado, en una imagen que recordará a la de su padre, Juan Carlos I, cuando accedió al trono el 22 de noviembre de 1975.

El cambio constitucional de 2011

El proceso, de hecho, puede ser tan rápido como quieran los grupos parlamentarios. Y no es una frase hecha. El cambio legal más importante que ha sufrido la Constitución, a mediados de 2011, se resolvió en menos de 15 días. A finales de julio de 2011, el BCE desembolsó 22.000 millones de euros para una compra masiva de deuda pública de España e Italia. Era una operación extraordinaria que trataba de frenar el castigo que los mercados estaban realizando sobre esas dos economías. El 2 de agosto, el diferencial entre el bono español a diez años y el alemán, que sirve de referencia de solvencia, alcanzó los 400 puntos básicos, considerado tradicionalmente como el límite para una intervención. La compra de deuda llevaba como contraprestación la realización de nuevos ajustes y el primero y más prioritario fue el encaje de la estabilidad presupuestaria como principio constitucional. Algo que anunció el presidente del Ejecutivo, José Luis Rodríguez Zapatero, el 23 de agosto.

La votación en el Congreso se realizó el 2 de septiembre y se saldó con 316 votos a favor de la reforma y cuatro en contra (CC, UPyD y dos del PSOE –uno del exsindicalista Antonio Gutiérrez y otro de un diputado por Baleares que se equivocó en el voto–. En ese pleno, los diputados de ERC, ICV, BNG y NaBai no estuvieron presentes. Solo una semana después se votó en el Senado, con 233 a favor y tan solo 3 en contra.

Así, apenas transcurrieron dos semanas entre el anuncio y el cambio efectuado a la Carta Magna.

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