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Negocia el reglamento legal con Empleo

CEOE pelea por minimizar el impacto de la cotización del salario en especie

Los presidentes de CEOE, Juan Rosell (en el centro), junto al presidente de Cepyme, Jesús Terciado (izquierda) y el secretario general de CEOE, José María Lacasa (derecha).
Los presidentes de CEOE, Juan Rosell (en el centro), junto al presidente de Cepyme, Jesús Terciado (izquierda) y el secretario general de CEOE, José María Lacasa (derecha).Pablo Monge
Raquel Pascual Cortés

l nuevo director de Relaciones Laborales de CEOE, Jordi García Viñas, se ha metido de lleno en su primer mes en el cargo a dirigir las negociaciones de la cúpula patronal con Ministerio de Empleo para intentar minimizar el impacto de la nueva cotización del salario en especie, aprobada por el Gobierno el pasado 22 de diciembre.

Los técnicos de CEOE han entregado a Empleo un documento con distintas fórmulas que intentan minimizar el impacto de este cambio que el Gobierno ha cifrado en alrededor de 900 millones de euros que cotizarán de mas las empresas, pero que la patronal eleva por encima de los 2.000 millones.

Entre estas fórmulas, los empresarios piden que directamente excluya a algunos sectores más afectados; que interrumpa su aplicación y lo reimplante de forma progresiva; o que saque de esta nueva obligación de cotizar a los beneficios sociales pactados en los convenios hasta que estos terminen su vigencia. Hay sectores empresariales que también proponen que esta nueva obligación de cotizar se acote en el tiempo, como se ha hecho con la subida del IRPF.

Sin embargo, tanto García Viñas como el secretario general de CEOE, José María Lacasa –que intervinieron el miércoles en un foro organizado por Baker & McKenzie y dirigido por el ex ministro de Trabajo, Manuel Pimentel– son muy escépticos respecto a que Empleo vaya a adoptar ninguna de las propuestas citadas anteriormente.

Por ello, los responsables patronales pelean también por otras vías, que ven más factibles de conseguir en el reglamento que prepara Empleo y que desarrollará los detalles técnicos de la norma. En concreto, reclaman a Empleo que fije “mecanismos de valoración” del salario en especie que permitan valorar a la baja estas retribuciones. Así, si el valor del beneficio social en cuestión es menor, lo que cotice por ello la empresa también será una cuantía más baja.

García Viñas pone como ejemplo el sector de la educación, donde muchos convenios incluyen la gratuidad o la subvención de la asistencia escolar, el comedor o el transporte a los hijos de los empleados. ¿Qué coste se aplica a estos beneficios?; ¿el de mercado?; ¿un coste subvencionado? Ante esto, CEOE reclama los citados mecanismos de valoración, “que den seguridad jurídica”.

Miedo al IRPF

Esa inseguridad patronal va más allá, ya que los empresarios temen que en la próxima reforma fiscal, el Gobierno incluya también en la tributación por IRPF estos conceptos salariales que están exentos o limitados en este impuesto. De hecho, el País Vasco y Navarra, ya han introducido novedades fiscales en este sentido desde el pasado 1 de enero.

Aunque fuentes patronales aseguran que Empleo les ha asegurado que no se extenderá la tributación por IRPF a esos conceptos, García Viñas y Lacasa negaban ayer este punto tajantemente. "No nos garantizan nada”, indicaron.

Algunas aclaraciones de la Seguridad Social

Entre las principales quejas empresariales tras la aprobación de las nuevas obligaciones de cotización del salario en especie está, además, la actual falta de reglamento que desarrolle los detalles de esta norma. “Esto está generando mucha inseguridad en las empresas; y muchas de ellas están esperado al 31 de mayo –fecha límite para abonar las nuevas cotizaciones sin recargo– para liquidar las nuevas cuotas”, aseguran desde CEOE. Entretanto, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) va aclarando las dudas particulares que trasladan las empresas. Estas son algunas de las respuestas, a las que ha tenido acceso CincoDías:

Servicio de cafetería o restaurante. Según la TGSS, si la empresa tiene subcontratado uno de estos servicios, y subvenciona el importe rebajado al trabajador respecto al precio normal de venta a las personas que no son de la plantilla, “únicamente deberá cotizarse por la diferencia asumida o subvencionada por la empresa”.

Comedor de empresa. En los que la compañía subvenciona el importe total del menú, “debe incluirse el coste que supone para la empresa cada menú”, para lo cual deberá estimarse dicho coste. Y solo se cotizará por los días en los que se haga uso de ese comedor.

Premios de antigüedad. La nueva ley dice que la empresa deberá cotizar por ellos. La TGSS precisa que solo quedan exentas las mejoras de prestaciones sociales cuando se trate de prestaciones por incapacidad temporal.

Premios de jubilación e indemnizaciones por incapacidad. La cotización por estos conceptos se efectuará teniendo en cuenta que “las percepciones de vencimiento superior al mensual se prorratearán a lo largo de los doce meses del año”. Así la empresa deberá poder efectuar las correspondientes liquidaciones complementarias de cuotas en los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha del abono del premio o indemnización en cuestión.

Seguro de vida o médico tras el fin del contrato. Si este se mantiene temporalmente una vez finalizada la relación laboral, también debe cotizarse por ello. Y se hará igualmente de forma prorrateada en los doce meses previos a la finalización del contrato.

Sobre la firma

Raquel Pascual Cortés
Es periodista de la sección de Economía, especializada en información sobre empleo, Seguridad Social, pensiones y relaciones laborales. Licenciada en C.C. de la Información por la U. Complutense, empezó a trabajar en Cinco Días en 2000 y antes pasó por las secciones de política y economía de la agencia Europa Press y por el diario Soria 7 Días.

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