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Los bonos convertibles se vendieron a 129.000 clientes

Multa récord de 16,9 millones por irregularidades en la venta de los "valores Santander"

Sede del Santander en Boadilla del Monte (Madrid).
Sede del Santander en Boadilla del Monte (Madrid).
Nuño Rodrigo Palacios

El Banco Santander pagará, si no prosperan sus recursos, la mayor multa en la historia de la CNMV impuesta a una entidad financiera. El supervisor de los mercados ha castigado al banco con dos sanciones, una por infracción grave y otra muy grave, por un total de 16,9 millones de euros por la comercialización irregular de los “valores Santander”, bonos convertibles en acciones vendidos en 2007 por la entidad en su red comercial.

La mayor sanción en la historia de la CNMV fue de 116 millones de euros, a una empresa por operar en el mercado sin permiso. Hasta ahora, la gestora de fondos de Santander había soportado la mayor sanción impuesta a una entidad registrada: 14 millones de euros por cobrar comisiones de forma idebida.

Santander ha recurrido la sanción por la vía contencioso-administrativa, y según ha comentado hoy el recurso ha sido admitido a trámite.

La primera de las multas, cifrada en 10 millones de euros, tiene como motivo el haberse saltado los procedimientos en la comercialización de productos financieros complejos. Concretamente, la sanción, de carácter grave, alude a “no disponer de la información necesaria sobre sus clientes en el proceso de suscripción de la emisión "Valores Santander". Estos valores, dada su complejidad y nivel de riesgo, no estaban catalogados para su venta al cliente minorista (como se comercializan, por ejemplo, los depósitos).

Según la normativa de aquel momento, de los tres escalones de riesgo (verde, amarillo y rojo), los valores Santander estaban en el nivel amarillo, lo que significa que no se podían vender al público en general, salvo que el agente comercial del banco decida que el cliente sí cumplía los requisitos exigidos. Pero en este caso la entidad tiene que acreditar determinada información sobre el cliente que justifique esta decisión. La falta del registro de esta información es lo que provoca la multa de la CNMV.

La segunda multa corresponde también al proceso de comercialización de estos valores, y los artículos que, según la sanción, no ha cumplido el banco son los que se refieren a la gestión de los conflictos de interés entre la entidad financiera y el cliente y a las obligaciones de información a éste. El banco debe operar siempre en interés del cliente, y las operaciones comerciales deben evitar que este interés choque con el interés del banco o, cuando menos, informar de la situación. En este caso, el Santander consiguió capital aumentar sustancialmente su base de capital gracias a la venta de estos valores. Además, la entidad tiene que evaluar la idoneidad del instrumento financiero vendido y el inversor tiene que estar al corriente del valor actual de sus ahorros en cada momento.

Los valores Santander se vendieron en 2007 a 129.000 inversores particulares. En total, el banco colocó 7.000 millones de euros en estos bonos convertibles (el objetivo inicial eran 5.000), que pagaban un interés del 7,5% el primer año y de ahí en adelante el euríbor a tres meses más un diferencial de 275 puntos básicos.

Los bonos se convertían en acciones a un precio de canje fijado en 16 euros (que después se redujo, debido a ajustes por ampliaciones de capital, a 12,96). La fuerte caída de la Bolsa con la crisis financiera y los problemas de la zona euro hicieron que, en el momento del canje, otoño de 2012, la acción rondaba los seis euros. Los clientes perdieron un 55% de su inversión principal, porcentaje que se reduce al entorno del 30% si se incluyen los intereses pagados durante cinco años.

Con estos valores el banco obtuvo financiación en 2007 para adquirir parte del negocio de ABN Amro. Además, en 2012 el canje de deuda por capital sirvió a la entidad para reforzar sus ratios de solvencia y cumplir con los requisitios impuestos por las autoridades europeas.

El banco, por su parte, defiende que la comercialización de los valores fue aprobada por la propia CNMV, que según la entidad, "consideró que la documentación empleada era adecuada para informar a los clientes sobre los términos de la emisión". El banco añade que la resolución "no afecta ni discute la validez y eficacia de las operaciones y contratos de suscripción de Valores Santander por los clientes".

Sanción a Jaime Botín

La CNMV también ha sancionado al Jaime Botín y tres sociedades controladas por éste con un total de 900.000 euros por no haber comunicado su participación en Bankinter. La participación del hermano de Emilio Botín era del 23%, sin embargo hasta medidados de 2010 solo había declarado a la CNMV un 16,3%.

El 30 de julio de ese año, el banquero comunicó a ese organismo que, como resultado de la “disolución de una sociedad familiar”, había recibido títulos que representaban la diferencia entre ambas cifras. La comunicación se produjo dos meses después de que las autoridades fiscales de Francia informaran a la Agencia Tributaria sobre una serie de personas con fondos en cuentas del banco suizo HSBC Private Bank Suisse.

Sobre la firma

Nuño Rodrigo Palacios
(Barcelona, 1975) es subdirector de Cinco Días. Licenciado en Economía por la UAM, inició su carrera en CincoDías en 1998, especializándose en información financiera. Ha sido responsable de Mercados, de la edición Fin de semana y de la sección Cinco Sentidos. Redactor jefe a partir de 2007, de 2011 a 2021 se ocupó de la edición digital.

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