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Tribuna
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El abogado en el proceso de internacionalización

Si algún efecto positivo podemos apreciar entre las consecuencias de esta profunda y larga crisis económica es la búsqueda de nuevos mercados y oportunidades por parte del empresariado español, que encuentra en otros países su principal vía de crecimiento cuando no de su propia supervivencia.

Ahora bien, el recurso a la internacionalización de un negocio, aun tratándose de una solución atractiva y muchas veces ineludible, puede ser también una inagotable e imprevista fuente de conflictos legales para las empresas que –con el fin de sacar adelante sus nuevos proyectos en otras jurisdicciones– se ven abocadas, en no pocas ocasiones, a desviar buena parte de sus recursos económicos y de sus energías en aspectos totalmente ajenos al núcleo central de su actividad.

Es por tanto indudable que la elección del abogado que ayude al empresario a navegar y “llegar a buen puerto” resultará clave para evitar muchas de esas situaciones inesperadas. Pero ¿qué debe tenerse en cuenta a la hora de decidir con qué despacho iniciamos la travesía? La búsqueda de profesionales capaces de “pensar globalmente y actuar localmente” debe ser el principio rector de esta decisión. Por un lado, son precisos equipos liderados por abogados del país de origen, conocedores del negocio de su cliente y expertos en el desempeño de su trabajo en un entorno internacional. Este equipo debe contar con un abogado que proporcione al cliente una interlocución ordenada en España y que sea, al mismo tiempo, capaz de coordinar e interactuar con sus colegas de otros países en los que la empresa se introduce y de mantener puntualmente informado al cliente acerca del estado de su proceso de expansión. Todo ello generará en la empresa, sin duda alguna, una mayor confianza en el buen fin del proyecto.

Efectivamente, la intervención del letrado-coordinador es esencial y debe complementarse con la participación de abogados radicados en el país de destino que cuenten con un alto grado de especialización y experiencia en el mercado local y, a su vez, con capacidad para trabajar con otros abogados de diferentes jurisdicciones, asumiendo, de esta forma, la perspectiva internacional del negocio de su cliente.

Pero, no nos engañemos, encontrar un despacho de esas características no es una tarea tan fácil como inicialmente podría parecer. Existen, efectivamente, muchas firmas que al no estar implantadas fuera de su estricto ámbito geográfico de actuación se ven obligadas a recurrir a “alianzas” con otras firmas de la jurisdicción objeto de la nueva actividad. Esta fórmula, aunque válida en ocasiones, puede no resultar tan eficiente y segura como lo es aquella en la que el despacho prestador de servicios legales cuenta o bien con implantación propia en dicha jurisdicción (adicional a su propia radicación local) o bien con la práctica total integración con el despacho de destino, compartiendo ambas valores, filosofía de trabajo e incluso procesos técnicos y de control comunes.

Por otra parte, no debemos perder de vista que el cliente necesitará un apoyo estratégico en el desarrollo de su negocio similar al que demanda en su mercado de origen. Por tanto, el despacho seleccionado debe ser capaz de ofrecer un rango completo de servicios legales que hagan posible no sólo la entrada e implantación de la compañía en el país de destino, sino también el pleno desarrollo de su actividad de negocio: desde las implicaciones fiscales y de cumplimiento corporativo y regulatorio de su desembarco en el país elegido, hasta el profundo conocimiento de la idiosincrasia del lugar de destino, pasando por la gestión de los conflictos que puedan surgir en el desarrollo del nuevo proyecto. Gestión ésta que debe entenderse, además, desde una perspectiva global y abordarse anticipando en cada entorno y negocio, las necesidades del nuevo proyecto para procurar soluciones adecuadas.

Otro aspecto muy relevante afecta al hecho de que, en determinados países, las normas éticas pueden no ser tan estrictas y eficientes como en otros países de mayor tradición jurídica. En este sentido, una de las mejores formas de garantizar que el proceso de expansión se está desarrollando dentro de los cauces éticos adecuados es contar con la asistencia de firmas internacionales sujetas a estrictas normas deontológicas –tanto en sus oficinas nacionales como internacionales– como es el caso de las firmas anglosajonas, donde los procedimientos implantados para la consecución de este fin son paradigmáticos. Asegurarnos que el despacho local con el que trabajamos cuenta con estándares mínimos en este aspecto, resulta esencial para evitar graves complicaciones que en algunos países o entornos son, por desgracia, mucho más frecuentes de lo que pudiera pensarse.

Manuel Rodríguez De Bethencourt es socio de Dac Beachcroft.

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