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El Foco
Tribuna
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Las pymes y los autónomos, ante el IVA de caja

El próximo mes de enero se hará realidad una histórica aspiración de los empresarios, sobre todo de los pequeños empresarios y de los autónomos, que se resume en la posibilidad de aplazar la liquidación del IVA hasta el cobro efectivo de la factura emitida a nuestros clientes.

En efecto, pueden acogerse a este nuevo modelo de liquidación del IVA —que ya conocemos como IVA de caja, en sustitución del de devengo— aquellas empresas y autónomos que facturen por debajo de los dos millones de euros anuales; es decir, el 97,4% de las empresas españolas (en torno a 2,9 millones). Y digo “pueden acogerse” porque es voluntaria la adhesión a este sistema de IVA de caja doble, que es como se denomina técnicamente y que ha venido forzada por una prolongada morosidad para las empresas proveedoras de las administraciones públicas y por la morosidad empresarial, excesiva también en algunos casos.

La medida, según los cálculos elaborados por los servicios técnicos de Cepyme, podría interesar a alrededor del 20% o 25% de las empresas españolas, ya que aquellas que no facturan sus ventas a plazo o las que suelen cobrar al contado o con tarjeta (con cobro casi inmediato), no tendrían interés alguno. Son, por ejemplo, comercios al por menor, restaurantes, bares, gasolineras, empresas de espectáculos, gremios de fontanería, electricistas..., despachos profesionales y, en general, los negocios de cara al público, que no suelen realizar aplazamientos en sus cobros, o no lo hacen más allá de los 30 o 60 días. A todos ellos no les interesaría cambiar su sistema de liquidación de IVA.

Sin embargo, sí es un sistema ahora mismo imprescindible para las empresas que facturan fundamentalmente a las administraciones públicas y para aquellas que facturen en un porcentaje alto sus productos o servicios a otras empresas cuyos plazos de pago por encima de los 90 días, que podrán ver aliviada su liquidez con esta medida.

Pero más allá de estos cálculos, sin restar importancia al número de posibles beneficiarios, desde Cepyme creemos que es una buena iniciativa, que yo incorporaría al paquete de las medidas positivas importantes que ha aprobado el Gobierno en los dos años de gestión que ha recorrido hasta el momento.

Es voluntaria la adhesión a este sistema de IVA de caja doble, que es como se denomina técnicamente

Pero habría que recordar que entre los elementos básicos que definen a una empresa (capital, inversión, negocio, generación de empleo…) no se encuentra la función de recaudación, aunque —de hecho— todos los empresarios realizamos esa tarea, en el caso del IVA y de otros impuestos. Por ello, es un principio esencial, al menos desde el punto de vista teórico, que esa función recaudadora sea cuando menos neutra; es decir, que no afecte al desarrollo ordinario de la actividad empresarial.

No ha sido así hasta el momento, sobre todo durante los últimos años, en los que en España se ha disparado la morosidad —pública y privada—, lo que ha generado importantes tensiones de tesorería en las empresas. Solamente las ventas a crédito en el sector privado tienen un coste anual para las empresas de cerca de dos mil millones de euros, según el Monitor de la Morosidad que elabora trimestralmente Cepyme. Y de ellos, más de mil millones de euros corresponden al coste de los pagos a crédito realizados fuera de los plazos legales.

Esta realidad, unida a la imposibilidad de acceder a las fuentes tradicionales de financiación, debido al cierre y/o el encarecimiento del crédito bancario, no sólo ha deteriorado la competitividad del tejido productivo español, sino que además explica el cese de actividad de prácticamente el 50% de las pymes y de los empresarios autónomos en los últimos seis años, en los que han desaparecido alrededor de 240.000 pymes y casi 300.000 autónomos.

Lo que quiero decir con ello es que la recaudación de un impuesto sobre el consumo, que debería constituir una tarea adicional neutra para la actividad empresarial, en realidad se ha convertido en una pesada carga para miles de pymes y autónomos, que ha contribuido decisivamente a la desaparición de una parte considerable del tejido empresarial y, consecuentemente, a la elevadísima destrucción de empleo que se ha producido en estos años.

Por lo tanto, bienvenido sea el nuevo sistema de liquidación del IVA basado en el “criterio de caja doble”, en la confianza de que contribuya a superar las tensiones de liquidez en un elevado número de empresas de reducida dimensión, si bien hubiéramos deseado su implantación dos años antes y para empresas con una facturación de hasta seis millones de euros anuales, lo que hubiera elevado hasta el 99% el número de empresas potencialmente beneficiarias. Pero tanto el modelo de caja doble como el límite de dos millones de euros son condiciones que impone la Unión Europea cuando no se siga el sistema de devengo, que es el general de la ley.

Cabe esperar que el IVA de caja no produzca una distorsión en las normales relaciones entre empresas

Tampoco quisiera pasar por alto ciertos perjuicios que pudiera ocasionar la implantación del IVA de caja en las relaciones comerciales entre empresas acogidas al nuevo modelo de liquidación y otras que mantengan el sistema de devengo actual. Cepyme hizo mención expresa de algunos de ellos durante el periodo de consultas que abrió en su momento el Gobierno. Y algunos analistas han dado la voz de alarma recientemente, en el mismo sentido.

Me refiero, lógicamente, a la posibilidad de que algunas empresas incorporen un nuevo criterio de selección de sus proveedores, en función del modelo de liquidación del IVA al que se hayan acogido, dado que éstas no podrían deducir el IVA soportado hasta haber realizado el abono correspondiente a su proveedor. Confío en que las voces de alarma que hemos escuchado durante las últimas semanas se hayan quedado en eso, en una simple alarma. O en casos aislados, que exigirán un análisis particularizado en función de su posible trascendencia.

Cabe esperar que, aunque existe el riesgo cierto —al menos, desde el punto de vista teórico—, el IVA de caja no produzca una distorsión en las normales relaciones entre las empresas. Como también cabe esperar que las nuevas exigencias contables no supongan un significativo incremento de las trabas burocráticas ni de los costes.

En todo caso, si la experiencia de los primeros trimestres lo aconsejara, Cepyme propondrá las modificaciones normativas oportunas para evitar que una medida tan positiva para las pymes y los empresarios autónomos pueda derivar en un obstáculo adicional para la recuperación de la actividad y de la economía.

Jesús Mª Terciado Valls. Presidente de Cepyme

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