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El Foco
Tribuna
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Requiem por los servicios profesionales

El sector de servicios profesionales es un sector relevante, importante y dinamizador de nuestra economía. Representa casi el 9% del PIB, el 6% del empleo total y el 30% del empleo universitario… Es un sector intensivo en mano de obra cualificada. En los últimos trimestres los servicios profesionales están teniendo una evolución claramente alcista, con un crecimiento del 40%, lo que pone de manifiesto que en esta actividad la economía española es competitiva”. Esta afirmación no es mía, como presidente del Consejo general de la Abogacía española ni tampoco como presidente de Unión profesional, que engloba a la mayor parte de los Colegios profesionales. Tampoco lo es de ninguno de los presidentes de estos Colegios. La firmaríamos cualquiera de nosotros, porque responde a la verdad. Su autor es el ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, al presentar una reforma de los servicios y los Colegios Profesionales que, en lugar de potenciar una actividad viva y competitiva –como si tuviéramos muchas así en España en estos momentos- , transmite desconocimiento, recelos, falta de diálogo con los interesados e intención de tutelar como en un pasado todavía reciente.

El anteproyecto de Ley de servicios y colegios profesionales fue aprobado, por sorpresa y con una urgencia innecesaria, el 2 de agosto por el consejo de Ministros. Su texto encierra contradicciones e incoherencias y un escaso conocimiento de los servicios y Colegios profesionales y de sus peculiaridades. Es más, en el fondo aparecen prejuicios injustificados frente a la organización colegial para introducir normas que resultan inadecuadas por tratarse de meras prevenciones teóricas frente a los Colegios y los profesionales. Los servicios que éstos ofrecen son bienes de confianza para el ciudadano que afectan a sus derechos y su seguridad física o jurídica. De ahí, la necesidad de que los Colegios controlen que todo aquel que ejerce lo hace con las máximas garantías.

En lo que se refiere a la Abogacía, la norma en tramitación supone una ruptura de la profesión de abogado contraria a lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y a la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Introduce factores de división entre abogados que ejercen ante los tribunales y abogados que trabajan por cuenta de terceros, lo que supone una quiebra de la profesión de dudosa legalidad y, en todo caso, negativa e inaceptable para abogados y ciudadanos. El anteproyecto realiza una aplicación incoherente y absurda de la doctrina constitucional para justificar esta división. El asesoramiento jurídico que prestan los abogados ligados al cliente por una relación laboral no es en sí una actividad diferente, sino la descripción de una peculiaridad contractual entre abogado y cliente en base a la relación laboral que les une. No hay dos profesiones como no hay dos derechos de defensa.

La garantía de responsabilidad, eficacia y calidad al servicio del interés público sólo puede obtenerse mediante la colegiación universal, que ofrece sujeción a códigos profesionales, formación, responsabilidad y control deontológico por parte de los Colegios. Con el anteproyecto, esos asesores jurídicos quedarán desprotegidos, pero también y muy especialmente los ciudadanos y de entre estos, los más vulnerables. El ciudadano que contrata los servicios de un abogado debe tener la absoluta garantía y seguridad de que está preparado para ello y sometido a un control deontológico. También para el abogado es una garantía contar con un organismo que defienda su independencia. Garantizar ambas realidades es el sentido de los Colegios de Abogados.

La eliminación del requisito del domicilio profesional donde se está colegiado no ofrece nada positivo

No es ésta la única medida que desde la Abogacía censuramos en las alegaciones al anteproyecto. La eliminación del requisito del domicilio profesional en el lugar en que se está colegiado no ofrece nada positivo y, sin embargo, impedirá de hecho cualquier control deontológico efectivo. Los Colegios son entes de base territorial constituidos por los profesionales de un determinado territorio y sometidos al conjunto de poderes que el ordenamiento atribuye a los Colegios. Los profesionales colegiados tienen el derecho y el deber de participar en la vida colegial, no sólo en los procesos electorales. La libre elección por los colegiados del Colegio al que incorporarse supondría una desvinculación real del colegiado con respecto al Colegio.

Ese vínculo territorial también se justifica por la prestación del Servicio de Turno de oficio y de Asistencia Jurídica Gratuita, ya que los abogados ejercen una función pública por expresa decisión del legislador. Éste es un servicio de índole urgente y eminentemente territorial, en el que la cercanía y la inmediatez en la asistencia jurídica son inexcusables. Con la propuesta corre un serio peligro que pagarán los ciudadanos afectados, en muchos casos con su privación de libertad.

El anteproyecto recoge, además, un régimen de intervención, a veces verdadera injerencia, en los Colegios absolutamente desmesurado y desproporcionado. Los deja inermes ante la intervención de la Administración que puede asumir la gestión de los Colegios y hasta decidir la disolución de la Junta de Gobierno de acuerdo con conceptos jurídicos indeterminados. Ni siquiera prevé trámite de audiencia al Colegio. Supone una verdadera ablación de la libertad e independencia institucional y profesional que requiere el derecho de defensa en un estado de derecho que se precie. Esta amplísima libertad de supervisión, además, choca frontalmente con su configuración como organizaciones dotadas de autonomía constitucionalmente garantizada y resulta de dudosa constitucionalidad.

El anteproyecto, en todos sus términos, realiza una interpretación irrespetuosa con la actual distribución territorial del poder entre Estado y CCAA. Por razones de seguridad jurídica, defendemos que el texto sea plenamente respetuoso con el orden constitucional de distribución de competencias, para evitar así la eventual declaración de inconstitucionalidad de algunos de sus artículos.

No se ha dado el paso decisivo para la exigencia del seguro de responsabilidad civil profesional

El Gobierno desaprovecha otra oportunidad: no ha dado el paso decisivo para la exigencia del seguro de responsabilidad civil profesional, al menos a todos los que vayan a ejercer una profesión colegiada. Este seguro debería garantizar los derechos de los ciudadanos para hacer frente a las posibles responsabilidades en que puedan incurrir los profesionales.

Estamos por la transparencia, pero no por la sumisión. Estamos por una reforma dialogada y razonada, pero no por la imposición. Pedimos diálogo efectivo al ministerio de Economía. No sólo es que la abogacía y las demás profesiones tengan el derecho y la obligación de aportar su opinión y su conocimiento en la redacción de textos legales que les afectan, es que pueden ayudar a mejorarlos.

El Gobierno tiene la obligación de escuchar a estas instituciones y no tenemos por qué dudar que lo va a hacer.

Carlos Carnicer es presidente del Consejo general de la Abogacía española y de Unión profesional

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