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Competencia inviable

Siete años (desde 2006 a 2013) ha tardado la Comisión Europea en concluir que unos inversores sin ninguna relación con el sector naval español se beneficiaban de manera ilegal de una desgravación fiscal reservada exclusivamente para la construcción de buques.

Bruselas achaca la tardanza en resolver un enigma aparentemente tan sencillo a la falta de colaboración de Madrid y a la complejidad del mecanismo que la Hacienda española diseñó ... ¿para defraudarse a sí misma?

Pero el caso de los astilleros, concluido este miércoles 17 de julio, parece ser más bien una prueba, otra más, de que una parte de la Comisión vive en una obsolescencia desprogramada que la mantiene alejada de la actualidad. Y ni siquiera la prestigiosa y temida dirección general de Competencia se libra del síndrome.

Ese departamento modernizó el sistema de revisión de las fusiones empresariales tras los estacazos del Tribunal de Justicia europeo, que hace una década anuló algunas de sus decisiones más emblemáticas. A partir de entonces, la CE acotó el calendario del procedimiento, mejoró el derecho de las empresas a ser escuchadas y sometió la decisión final a un escrutinio interno más riguroso.

Lástima que la reforma no se extendiera a otras áreas de Competencia y que los expedientes de ayudas de Estado se rijan todavía por plazos bíblicos, sin principio ni final conocido. Se pasan años reptando por oscuras e interminables galerías hasta que emergen mucho más deslumbrados que deslumbrantes. Su deplorable aspecto obliga al titular de Competencia de turno a buscar una explicación para la herrumbrosa Decisión que debe adoptar.

(What power are thou who from below / has made me rising unwillingly and slow)

(...)

(Far unfit to bear the bitter cold / I can scarcely move or draw my breath / let me, let me freeze again to death)

Para el actual comisario, Joaquín Almunia, la polvorienta resurrección del expediente sobre los astilleros españoles se debe a que España no notificó en su día (2002) el llamado tax lease. Un artilugio fiscal, el tax lease, que según la CE ha permitido a "contribuyentes adinerados" reducir su base imponible gracias a la financiación de buques destinados a armadores con quienes no tenían nada que ver.

Cierto que los Estados están obligados a comunicar a Bruselas sus planes de ayuda antes de llevarlos a cabo. Tan cierto como que a menudo no lo hacen y eso no supone un agravante. Francia, por ejemplo, no notificó -repito, no notificó- el régimen que la CE ha invocado como precedente para exigir la devolución de ayudas en el caso español.

La aparente negligencia de las capitales tiene una explicación: una ayuda no notificada es ilegal, pero no tiene por qué ser incompatible con el derecho de la Unión. Es decir, que la CE, cuando descubre su existencia, la considera fuera de la ley. Pero tras analizarla puede declararla aceptable.

Muchas administraciones, y no solo la española, asumen ese riesgo. Y solo comunican a Bruselas los regímenes de subvenciones o desgravaciones fiscales que a priori ya dan por autorizados.

Eso deja a la unidad de Ayudas de Estado de la Comisión analizando planes que "distorsionan" tanto el mercado interior como las ayudas a la reestructuración de las pymes en Lituania, la promoción del uso del euskera en el sector de las nuevas tecnologías o las facilidades para que los discapacitados físicos puedan votar en Polonia por correo postal, por citar solo tres de los casos sobre los que Competencia ha dado algún paso en los últimos tres meses.

Otros expedientes, más enrevesados, boquean desde el subsuelo a la espera de que algún funcionario voluntarioso, maniqueo o con agallas lo saque a la vista de la máxima autoridad de Competencia. Una lotería bastante alejada de la seguridad jurídica que cabría esperar de la CE.

La propia Comisión reconoce que no hubiera podido exhumar el caso de los astilleros españoles si en octubre de 2010 la competencia (con c de competidores) no hubiera presentado un informe que demostró a los funcionarios de Competencia la ilegalidad que ellos no conseguían demostrar.

La fatídica pista desembocó en la Decisión de la CE que ayer exigió a España la recuperación de las desgravaciones concedidas entre 2007 y 2011 a los inversores en el sector naval.

Con toda probabilidad, los jueces comunitarios tendrán que dirimir la validez de tal Decisión. A la espera de los desenlaces judiciales, el control de las ayudas de Estado en la UE vegeta peligrosamente en otra era. Y pone en duda la viabilidad de una dirección general de Competencia que, en ese terreno, parece vivir en tiempos de Purcell y no en el siglo XXI.

Vídeo: Cold Song (alrededor de 1691) de Henry Purcell, interpretada por Klaus Nomi en 1982. La letra, tomada de aquí.

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