Bárcenas podría ser multado con hasta 9 millones por defraudar a Hacienda
El extesorero del PP, Luis Bárcenas, podría ser condenado a una pena de hasta cinco años de prisión y a pagar al Fisco una multa de entre una y seis veces lo defraudado, según explicó a Europa Press el portavoz de los Técnicos de Hacienda, José María Mollinedo, tras conocerse que el informe de la Agencia Tributaria en el que se determina que Bárcenas defraudó 1,5 millones en 2002 y 2003.
El juez imputó a Luis Bárcenas por delitos contra la Hacienda Pública, presuntamente cometidos en los años 2002 y 2003, en el auto que dictó el pasado 25 de febrero, en el que prohibió al extesorero salir del territorio nacional y le impuso comparecencias en el juzgado cada quince días, después de tomarle declaración.
En aquel momento, el magistrado atribuía a Bárcenas una defraudación superior a los 120.000 euros por ambos ejercicios, pero el informe de la Agencia Tributaria conocido hoy desvela que la cuantía total defraudada por Bárcenas y su esposa, Rosalía Iglesias, asciende a un total de 1.557.366,6 millones de euros por las cuotas que dejó de abonar en concepto de IRPF e Impuesto del Patrimonio. Este cálculo se ha realizado a partir de la nueva documentación que remitieron al juez las autoridades suizas.
En base a estos datos, Mollinedo explica que el delito fiscal, tal y como está contemplado para los años en los que fue cometido, supone una pena de prisión de uno a cinco años por cada delito fiscal cometido y una multa que va de una a seis veces la cantidad defraudada, es decir, de 1,5 a 9 millones de euros.
Para determinar la pena, precisa, el juez o el tribunal tienen que tener en cuenta si existieron agravantes como el hecho de usar personas o sociedades interpuestas para ocultar la verdadera identidad del obligado tributario o si se utilizaron sociedades en paraísos fiscales.
En caso de que estos haya sido así y se demuestre, el juez puede aplicar las penas desde su mitad superior, es decir, que en el caso de la cárcel iría de tres a cinco años y en el caso de la multa, iría de tres a seis veces la cantidad defraudada. Esto, señala Mollinedo, será una cuestión que deberá dirimirse en la vista oral y dependerá de lo que el tribunal que juzgue a Luis Bárcenas considere probado y de cómo se valore la actitud defraudatoria del acusado.
En caso de que no se apreciasen circunstancias que agravan el delito, posiblemente la pena se aplicaría en su grado mínimo. “Esto entra dentro de la facultad del tribunal el decidir cuál es la pena de prisión y la multa correspondiente”, apostilló.
Mollinedo explica que el delito fiscal se puede atribuir aunque no se pueda acreditar o demostrar que el origen del dinero es de procedencia ilícita. En este sentido, aclara que como se trata de un dinero no declarado, el juez le imputa por delito fiscal, independientemente de que la Policía o la Fiscalía puedan o no acreditar que procede de una actividad ilícita. “Ese fue el caso de Al Capone, donde el dinero procedía de la extorsión y el alcohol y, como no se pudo demostrar, se le metió en prisión por delito fiscal”.
Mollinedo aclara, no obstante, que si no se hubiera investigado la comisión del delito contra la Hacienda pública de los años 2002 y 2003 antes de que prescribieran los mismos, Bárcenas se libraría de la pena porque habrían prescrito, ya que el delito fiscal prescribe a los cinco años.
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