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Argumenta que la empresa no entregó la documentación exigida

El Supremo anula un ERE en su primera sentencia de la reforma laboral

Los magistrados anulan los despidos por cuestiones formales y no entran a enjuiciar los motivos del ajuste La empresa deberá ahora readmitir a los trabajadores y decidir si hace un nuevo ERE

La ministra de Empleo, Fátima Báñez, junto al secretario general de UGT Cándido Méndez (izquierda) y el secretario general de CC OO, Ignacio Fernández Toxo.
La ministra de Empleo, Fátima Báñez, junto al secretario general de UGT Cándido Méndez (izquierda) y el secretario general de CC OO, Ignacio Fernández Toxo.Sergio Barrenechea (EFE)

El Tribunal Supremo ya se ha pronunciado sobre la reforma laboral y el primer fallo ha sido anular el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) del primer recurso en relación con despidos que le ha llegado, tras la aprobación de la nueva normativa, debido a que la empresa no entregó a los trabajadores afectados la documentación debida.

Según este fallo, que confirma una sentencia de mayo pasado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la empresa Talleres López Gallego S.A. -que despidió a 28 empleados en este expediente- no entregó a los representantes de los trabajadores la documentación exigible en el período de consultas dentro del proceso del ERE, es decir, incumplió un trámite formal, y privó así a los trabajadores de una información suficiente para conocer las causas de los despidos.

El período de consultas es una fase de negociación en la que los trabajadores y la empresa estudian la posibilidad de evitar o reducir los despidos colectivos y atenuar sus consecuencias, mediante el recurso a medidas sociales destinadas a la ayuda o la reconversión de los trabajadores afectados.

Esta anulación, supondrá que la empresa deberá readmitir a los 28 trabajadores y decidir si realiza un nuevo ERE.

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