El Tribunal de la UE confirma la ilegalidad de las ayudas estatales a France Telecom
Bouygues, ganadora en esta batalla judicial
Sacudida en las telecomunicaciones europeas. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha confirmado hoy la incompatibilidad de las ayudas públicas ofrecidas por el Estado Francés a France Telecom en el año 2002, consistentes en una línea de crédito de 9.000 millones de euros.
En una sentencia hecha pública hoy, la máxima instancia judicial europea dio la razón a la Comisión Europea (CE) en el litigio que enfrentaba a ésta con París por las ayudas concedidas a la compañía gala cuando el Estado aún era el accionista mayoritario de la misma.
La CE dio la bienvenida a esta decisión, que a su juicio “clarifica la posición sobre las reglas de la UE para ayudas públicas que intervienen a favor de una compañía perteneciente al Estado”, según destacó en una nota de reacción a la sentencia.
El caso se remonta a 2004, cuando el Ejecutivo comunitario consideró incompatible con la normativa europea una línea de crédito de 9.000 millones de euros otorgadas por París al operador histórico en concepto de “proyecto de contrato de anticipo de accionista”, según explica el Tribunal en un comunicado.
France Telecom nunca llegó a ejecutar esa línea de crédito y, al considerar que las repercusiones de la ayuda otorgada en 2002 no podían evaluarse con precisión,la Comisión no ordenó la recuperación de los fondos.
Francia llevó el caso al Tribunal General, que anuló la decisión inicial de la CE tras concluir que las ayudas entregadas “no habían supuesto una correlativa mengua en el presupuesto del Estado”, por lo que no se cumplía el requisito relativo a la financiación mediante fondos estatales.
La Comisión y otros operadores franceses de telecomunicaciones, liderados por Bouygues, recurrieron esta sentencia ante el Tribunal de Justicia de la UE, que finalmente les ha dado la razón.
La máxima instancia judicial comunitaria considera que el Tribunal General “incurrió en errores de Derecho” a la hora de analizar la apreciación dela Comisión sobre la intervención estatal y el compromiso de recursos estatales constatado por la Comisión.
La corte de Luxemburgo considera que la CE declaró acertadamente que el anuncio de anticipo de accionista constituía una ventaja concedida mediante fondos estatales”, tras tener en cuenta la “carga potencial adicional de 9.000 millones de euros sobre los fondos públicos”.
El caso será remitido de nuevo al Tribunal General de la UE, que tendrá que dilucidar sobre otros aspectos del mismo que no analizó al anular la decisión de la Comisión, añadió el Ejecutivo comunitario.